2/19/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-MTC/02 Aprueban valor total de la tasación correspondiente a predio

Aprueban valor total de la tasación correspondiente a predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima -Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-MTC/02 Lima, 16 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para
Aprueban valor total de la tasación correspondiente a predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima -Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-MTC/02
Lima, 16 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, se declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1
y 2, y, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tales fines;

Que, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley antes citada, el valor de la tasación para adquirir inmuebles afectados para la ejecución de obras de infraestructura es fijado por la Dirección Nacional de Construcción, actualmente la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Asimismo, para la aprobación del Valor Total de la Tasación, se considera el monto fijado por la Dirección de Construcción agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder;

Que, la aprobación del Valor Total de la Tasación se realiza mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente;

Que, mediante Oficio N° 093-2015/VIVIENDA-VMCS-DGPRCS-DC, de fecha 29 de enero de 2015, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento a través de la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, remite a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en adelante la AATE, el Informe Técnico de Tasación con la valuación del predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao;

Que, el Gerente de la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE, a través del Memorando N° 073-2015-MTC/33.1 hace suyo el contenido del Informe N° 010-2015-RJQ, en el cual se identifica al sujeto pasivo, se detalla la ubicación precisa del bien, establece los linderos, medidas perimétricas y área total de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal y señala el valor de tasación correspondiente al predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; por lo que, solicita se inicie el trámite correspondiente para la aprobación del valor de tasación;

Que, mediante Informe N° 42-2015-MTC/33.8 de la Oficina de Asesoría Legal de la AATE, se emite opinión favorable para la aprobación del valor total de la tasación correspondiente al predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao;

De conformidad con la Ley N° 30025 y con el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación del Valor Total de la Tasación Aprobar el valor total de la tasación, correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Notificación al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE notifique la presente Resolución al sujeto pasivo del predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 de la Red Básica del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, a que se refiere el Anexo de esta Resolución, conjuntamente con la oferta de adquisición correspondiente, conforme a las formalidades de notificación establecidas en el numeral 5.5 del artículo 5° de la Ley N° 30025.

Artículo 3°.- Notificación a SUNARP
Notificar a la oficina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) correspondiente al inmueble afectado, a fin de que se proceda a realizar la anotación preventiva, de conformidad con el numeral 5.5 del artículo 5° de la Ley
N° 30025.

Artículo 4°.- Acciones de Saneamiento Encargar a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, que previo al pago del Valor Total de Tasación, verifique el levantamiento de cargas o gravámenes que puedan afectar al inmueble descrito en el Anexo de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO
DEL PROYECTO DE LA LINEA 2 DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA

CÓDIGO DE
IDENTIFI-CACIÓN DEL
PREDIO
SUJETO
ACTIVO
SUJETO
PASIVO
UBICACIÓN
MONTO DE LA TASACIÓN
EN NUEVOS SOLES
MAS EL 10% A QUE SE
REFIERE EL ARTICULO 5.3
DE LA LEY 30025
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL
1 PT-04/TE-240-A
MINISTERIO DE
TRANSPORTES
Y COMUNI-CACIONES
COMERCIO
& CIA S.A
LINDEROS Y MEDIDAS
PERIMETRICAS DEL AREA
TOTAL DE EDIFICACION:
• Por el frente: En Línea Recta de 62.11 metros lineales, colindante con la Av. Carretera Central.
• Por la derecha: En la Línea recta de 11.39 metros lineales, colindante con el área remanente del mismo propietario.
• Por la izquierda: En Línea recta de 40.95 metros lineales, colindando con el Pasaje Lobatón.
• Por el Fondo: En Línea quebrada de 3 tramos de 31.85 metros lineales, 11.08 metros lineales y 31.18 metros lineales, colindando con el área remanente del mismo propietario.
ÁREA TOTAL DEL
TERRENO: 5,706.25m2
ÁREA AFECTADA: 1,127.20 m2
PARTIDA REGISTRAL No.

44329506 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX
Sede Lima, Oficina Registral Lima.

Segun consta en el Certificado de Búsqueda Catastral expedida por la Oficina de Catastro de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral Lima de SUNARP
S/. 6’726,252.25
VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE
1 1-2 31.85 288885.7644 8667858.9975
2 2-3 11.08 288914.7196 8667845.7206
3 3-4 31.18 288925.5841 8667843.5666
4 4-5 11.39 288954.4490 8667855.3448
5 5-6 62.11 288958.7931 8667844.8148
6 6-1 40.95 288901.3734 8667821.1401

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.