2/02/2015

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 58-2015-MTC/03 Renuevan autorización otorgada a la empresa Radio HG

Renuevan autorización otorgada a la empresa Radio HG AM Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media en localidad del departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 58-2015-MTC/03 Lima, 23 de enero del 2015 VISTO, el escrito de registro N° 2014-028422 del 07 de mayo de 2014, presentado por la empresa RADIO HG AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sobre renovación de la autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio
Renuevan autorización otorgada a la empresa Radio HG AM Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media en localidad del departamento de Cusco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 58-2015-MTC/03
Lima, 23 de enero del 2015
VISTO, el escrito de registro N° 2014-028422 del 07
de mayo de 2014, presentado por la empresa RADIO HG
AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, sobre renovación de la autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-Pisac, departamento de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Viceministerial N° 456-2006-MTC/03 de fecha 28 de agosto de 2006, se renovó por mandato expreso de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley No. 28853, las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, en las diversas bandas y localidades, entre ellas, la autorización que fue otorgada a la empresa RADIO HG AM SOCIEDAD COMERCIAL
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con Resolución Suprema N° 043-84-COMS-DGCS, señalando que el plazo de renovación vence el 10 de mayo de 2014, en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-Pisac, departamento de Cusco;

Que, mediante escrito de visto, la empresa RADIO HG
AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA solicitó la renovación de la autorización que fuera renovada con Resolución Viceministerial N° 456-2006-MTC/03;

Que, el artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;

Que, los artículos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 19° de la Ley de Radio y T elevisión, Ley N° 28278, establece entre otros, que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante Informe N° 0038-2015-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que corresponde renovar la autorización que fuera renovada con Resolución Viceministerial N° 456-2006-MTC/03 de titularidad de la empresa RADIO HG AM SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, al haber cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificarse no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovación de una autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03
y el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO HG AM SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, mediante Resolución Suprema N° 043-84-COMS-DGCS y renovada con Resolución Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 10 de mayo de 2024, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Cusco - Anta - Calca - Paruro - Urubamba - Pisac, departamento de Cusco.

Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 3°.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma.

Artículo 4°.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC.

Artículo 5°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HENRRY ZAIRA ROJAS
Viceministro de Comunicaciones (e)

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