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DECRETO SUPREMO N° 071-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
3/29/2015
DECRETO SUPREMO N° 071-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas e Instituto de Gestión de Servicios de Salud y diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO N° 071-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre otros, el Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante el artículo 27 de la Ley
DECRETO SUPREMO N° 071-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre otros, el Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, mediante el artículo 27 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por el monto de SETENTA Y CINCO MILLONES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 75 000 000,00) con cargo a su presupuesto institucional, a favor de sus organismos públicos y los gobiernos regionales, con el fin de incrementar las coberturas de intervención efectiva orientadas a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social y para los gastos operativos en el marco de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Control y Prevención en Salud Mental, y Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con Discapacidad;
Que, asimismo, dicho artículo autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por el monto de CIENTO CINCUENTA
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000
000,00) con cargo a su presupuesto institucional, a favor de sus organismos públicos y de los gobiernos regionales, para la compra y reposición de equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer;
Que, para tal efecto, el referido artículo 27 de la Ley N° 30281, dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último, a más tardar el 30 de marzo de 2015, requiriendo además que el Ministerio de Salud apruebe previamente un Plan de Equipamiento de los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional y realice la verificación del módulo patrimonial del Sistema Integrado de Gestión Administrativa - SIGA
para la reposición de equipamiento;
Que, con Resolución Ministerial N° 258-2014/MINSA
se aprobó el "Plan Nacional para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País Periodo 2014-2016";
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 176-2015/MINSA y N° 189-2015/MINSA, el Ministerio de Salud aprueba la actualización de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud de los Gobiernos Regionales y del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, respectivamente, para los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2015-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal hasta por la suma de OCHO MILLONES VENTICINCO MIL
TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 025 318,00), del pliego Ministerio de Salud a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para financiar la compra y reposición de equipamiento biomédico para el Hospital Regional de Loreto – Felipe Santiago Arriola Iglesias y para el Hospital de apoyo Iquitos – César Garayar García, en el marco de lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
Que, en virtud de lo antes expuesto, mediante Oficio N° 1015-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de sus Organismos Públicos y diversos Gobiernos Regionales, para lo cual mediante el Informe N° 095-2015-OGPP-OP/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de dicho Ministerio sustenta la referida solicitud e indica que cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y diversos pliegos Gobiernos Regionales, por la suma de SETENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS
CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 74 750
000,00), para financiar el incremento de las coberturas de intervención efectiva orientadas a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social, así como los gastos operativos en el marco de los programas presupuestales Articulado Nutricional, Control y Prevención en Salud Mental, y Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con Discapacidad a cargo de los citados pliegos, según corresponda; y, asimismo, una Transferencia de Partidas a favor del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de diversos pliegos Gobiernos Regionales, por la suma de
CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS
SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y
DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 141 974 682,00)
para la compra y reposición de equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer;
Que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DOSCIENTOS
DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO
MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 216 724 682,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el incremento de las coberturas de intervención efectiva orientadas a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social y gastos operativos en el marco de determinados programas presupuestales, así como la compra y reposición de equipamiento biomédico de los programas presupuestales de salud, respectivamente, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
DECRETA:
Artículo 1.- Transferencia de Partidas para financiar el incremento de las coberturas de intervención efectiva orientadas a reducir la desnutrición crónica infantil 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SETENTA Y CUATRO MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 74 750 000,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el incremento de las coberturas de intervención efectiva orientadas a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social, y gastos operativos en el marco de determinados programas presupuestales, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo a lo siguiente:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central- MINSA
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 74 750 000,00
-------------------TOTAL EGRESOS 74 750 000,00
===========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 425 000,00
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 20 803 428,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 53 521 572,00
--------------------TOTAL EGRESOS 74 750 000,00
===========
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el numeral 1.1
del presente artículo, de las entidades involucradas, se efectúa a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras, de acuerdo al Anexo N° 1, N° 2 y N° 3 que forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Transferencia de Partidas para financiar la compra y reposición de equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales de salud 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de diversos pliegos Gobiernos Regionales, por el monto de CIENTO CUARENT A
Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 141 974 682,00), para financiar la compra y reposición de equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo a lo siguiente:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central- MINSA
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Activos no financieros 141 974 682,00
---------------------TOTAL EGRESOS 141 974 682,00
============
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Activos no financieros 30 000 000,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Activos no financieros 111 974 682,00
---------------------TOTAL EGRESOS 141 974 682,00
============
2.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el numeral 2.1, del presente artículo, de las entidades involucradas, se efectúa a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras, de acuerdo al Anexo N° 4, N° 5 y N° 6 que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados con las presentes Transferencias de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 1 y 2 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2
del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente norma.
Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias de partidas a que hacen referencia los artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación Los Anexos N°s. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 a que se refieren los artículos 1 y 2 se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.
pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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