3/11/2015

RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 27-2015/CNB-INDECOPI Aprueban

Aprueban Corrigendum de la Norma Técnica Peruana sobre Conductores Eléctricos RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 27-2015/CNB-INDECOPI Lima, 5 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta
Aprueban Corrigendum de la Norma Técnica Peruana sobre Conductores Eléctricos
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 27-2015/CNB-INDECOPI
Lima, 5 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización;

Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;

Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el siguiente Comité Técnico de Normalización de Conductores eléctricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado;

Que, le Comité Técnico de Normalización citado, presentó el Proyecto de Corrigendum de la Norma Técnica Peruana en la fecha indicada:

Conductores eléctricos, 01 PNTP/COR 1, el 04 de marzo de 2015
Que, el Proyecto de Corrigendum de la Norma Técnica Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas;

Que, la Comisión acorde a lo informado por el mencionado Comité, confirmó la necesidad de aprobar el Corrigendum de la Norma Técnica Peruana;

Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros.

RESUELVE
APROBAR el siguiente Corrigendum de la Norma Técnica Peruana:

NTP 370.266-3-21:2013/COR 1:CONDUCTORES ELÉCTRICOS.

Cables eléctricos de baja tensión.

Cables de tensión nominal inferior o igual a 450/750 V (Uo/U). Parte 3-21: Cables con propiedades especiales ante el fuego. Cables fiexibles con aislamiento reticulado libre de halógenos y baja emisión de humo. 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Jaime Miranda Sousa Díaz, Ítalo Laca Ramos y Eldda Bravo Abanto.

JAIME MIRANDA SOUSA DÍAZ
Vicepresidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalizaciónde Barreras Comerciales No Arancelarias

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