3/20/2015

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 040-2015-SUNAFIL Conforman Comisión de Tránsito al Régimen del

Conforman Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 040-2015-SUNAFIL Lima, 13 de marzo de 2015 VISTO: Los Informes N°s. 56-2015-SUNAFIL-OGA-ORH y 96-2014-SUNAFIL-OGA-ORRHH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe N° 041-2014-SUNAFIL-SG-OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y los Informes Nos. 054-2015-SUNAFIL-SG-OGAJ y 033-2014-SUNAFIL-SG-OGAJ-JSB de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Conforman Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 040-2015-SUNAFIL
Lima, 13 de marzo de 2015
VISTO:

Los Informes N°s. 56-2015-SUNAFIL-OGA-ORH y 96-2014-SUNAFIL-OGA-ORRHH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe N° 041-2014-SUNAFIL-SG-OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y los Informes Nos. 054-2015-SUNAFIL-SG-OGAJ y 033-2014-SUNAFIL-SG-OGAJ-JSB de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico socio-laboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y promover la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó el nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, la primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las entidades públicas comprendidas en su ámbito deberán pasar al nuevo régimen del Servicio Civil de manera progresiva en un plazo máximo de seis (6)
años, conforme a las reglas de gradualidad que establecen las normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a los numerales 2° y 3° de los lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE, la primera de las etapas para el tránsito de las entidades al nuevo régimen del Servicio Civil consiste en la preparación de la entidad, para lo cual se conformará una Comisión de Tránsito que estará encargada de impulsar el proceso de tránsito al nuevo régimen y la difusión y supervisión de cada una de sus etapas y, en representación de la entidad, coordinará con la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR el desarrollo de las etapas de dicho proceso;

Que, según los referidos lineamientos la Comisión aludida se conforma mediante Resolución del Titular de la Entidad y debe estar conformada por, al menos, los siguientes funcionarios: Un representante del Titular de la Entidad; el Secretario General o Gerente General o quien haga sus veces; el Jefe del área de la Oficina de Recursos Humanos, o el que haga sus veces; el Jefe del Área de Planificación y Presupuesto o Racionalización, u Organización y Métodos o el que haga sus veces y un representante del área de Administración, o el que haga sus veces;

Que, en ese sentido corresponde conformar la Comisión de Tránsito al Régimen al Servicio Civil, que se encargará de impulsar dicho proceso, así como la difusión y supervisión de cada una de sus etapas;

Que con el visto bueno de la Oficina General de Administración, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización laboral - SUNAFIL;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL; el Reglamento de Organización y Funciones de SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado mediante Decreto Supremo N° 009-2013-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conformar la Comisión de Tránsito al Régimen al Servicio Civil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –SUNAFIL, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y los Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, la cual estará integrada por:
• El (la) Asesor (a) I del Despacho del Superintendente de la SUNAFIL, en representación del titular de la Entidad;
• El (la) Secretario (a) General;
• El (la) jefe (a) de la Oficina de Recursos Humanos;
• El (la) jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, • El (la) jefe (a) de la Oficina General de Administración.

Artículo 2°.- Notificar la presente resolución a los funcionarios que conformarán la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –SUNAFIL, para los fines correspondientes.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR ENRIQUE GÓMEZ CASTRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral

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