3/20/2015

RESOLUCIÓN SMV N° 006-2015-SMV/01 Aprueban el Plan de Cuentas de Fondos Colectivos

Aprueban el Plan de Cuentas de Fondos Colectivos RESOLUCIÓN SMV N° 006-2015-SMV/01 Lima, 17 de marzo de 2015 VISTOS: El Expediente N° 2015003289, el Informe Conjunto N° 102-2015-SMV/06/10 del 30 de enero de 2015, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, y el Informe N° 205-2015-SMV/06/10 del 12 de marzo de 2015, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; así como el Proyecto de Plan de Cuentas de Fondos Colectivos. CONSIDERANDO: Que,
Aprueban el Plan de Cuentas de Fondos Colectivos
RESOLUCIÓN SMV N° 006-2015-SMV/01
Lima, 17 de marzo de 2015
VISTOS:

El Expediente N° 2015003289, el Informe Conjunto N° 102-2015-SMV/06/10 del 30 de enero de 2015, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, y el Informe N° 205-2015-SMV/06/10 del 12 de marzo de 2015, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;
así como el Proyecto de Plan de Cuentas de Fondos Colectivos.

CONSIDERANDO:

Que, conforme al literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de V alores, SMV , aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores (en adelante, Ley Orgánica), la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen el sistema de fondos colectivos;

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales o jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, por Resolución CONASEV N° 186-94-EF/94.10.0 del 19 de abril de 1994, se aprobó el Plan de Cuentas Específicas del Sistema de Fondos Colectivos, el cual comprende las secciones del Plan de Cuentas e Información Financiera;

Que, mediante Resolución SMV N° 020-2014-SMV/01
del 16 de septiembre del 2014, se aprobó el Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas Administradoras, el cual establece en sus artículos 74, incisos a) y b), y 75, que la contabilidad de los fondos colectivos se debe llevar de acuerdo con lo establecido en el Plan de Cuentas de Fondos Colectivos y precisa que el referido plan de cuentas establecerá la forma de presentación de la información financiera de los fondos colectivos;

Que, teniendo en cuenta la nueva reglamentación del sistema de fondos colectivos que entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2015, resulta necesario aprobar un plan de cuentas que incorpore las nuevas disposiciones y permita a la SMV ejercer un control adecuado sobre las operaciones a registrar por las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos respecto a los fondos colectivos que administran, así como reglamentar la presentación de la referida información financiera;

Que, según lo dispuesto en la Resolución SMV N° 004-2015-SMV/01, publicada el 18 de febrero de 2015
en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de Plan de Cuentas de Fondos Colectivos fue sometido a proceso de consulta ciudadana por quince (15) días calendario, a través del Portal del Mercado de Valores de la SMV (www.
smv.gob.pe), con el fin de que las personas interesadas formulen comentarios sobre los cambios propuestos, habiéndose recibido diversos comentarios y sugerencias que permitieron enriquecer la propuesta normativa; y, Estando a lo establecido por el artículo 1°, literal a) y el artículo 5°, literal b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica, y el artículo 9°, numeral 2 del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF , así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 16 de marzo de y a lo dispuesto por la Resolución de Superintendente N° 039-2015-SMV/02 del 13 de marzo de 2015;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Cuentas de Fondos Colectivos cuyo texto es el siguiente:

PLAN DE CUENTAS DE FONDOS COLECTIVOS
El presente Plan de Cuentas de Fondos Colectivos es de observancia obligatoria en la contabilidad de dichos fondos con el fin de mantener un adecuado control de sus operaciones y contar con un sistema de contabilidad ordenado y estandarizado del sistema de fondos colectivos.

El Plan de Cuentas de Fondos Colectivos está conformado por el contenido, la nomenclatura de las cuentas, sus divisionarias y subdivisionarias, así como la dinámica y los comentarios. Asimismo, incluye la información financiera y los formatos establecidos para la presentación de la misma.

Las empresas administradoras de fondos colectivos podrán establecer subdivisionarias a partir de un dígito adicional a lo establecido en el presente plan de cuentas, para ello deben tomar en cuenta los criterios establecidos en los comentarios.

La contabilidad de los fondos colectivos se debe llevar en la moneda que establezca la Administradora, según la naturaleza de los programas y grupos que administre.

Los saldos en moneda distinta a la establecida para la contabilidad se deberán expresar al tipo de cambio al cierre de cada periodo.

CUENTA: 10 EFECTIVO
CONTENIDO
Agrupa las cuentas divisionarias que representan medios de pago como dinero en efectivo, cheques, giros, abonos en cuentas bancarias, etc.

De la misma manera, esta cuenta agrupa los depósitos de recursos, distintos de los correspondientes a la cuenta de inversiones, en bancos e instituciones financieras realizados por los participantes del sistema de fondos colectivos.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
101 Caja 102 Efectivo en tránsito 103 Cuentas bancarias 1031 Cuenta Recaudadora 1032 Cuenta Operativa 1033 Cuenta de devolución de aportes 1034 Cuenta de grupos en formación 109 Otros
DINÁMICA DE LA CUENTA 10
Es Debitada por: Es Acreditada por:

Los ingresos de efectivo y equivalente de efectivo a favor del sistema por:

Los egresos de efectivos, cheques y otras formas de transferencias de fondos :

1. La recaudación de la totalidad de los aportes de los asociados, así como el monto de los remates.

1. La adquisición de bienes o prestación de servicios.

2. Los intereses generados por los depósitos cuando sea el caso.

2. La transferencia a la Administradora de la cuota de administración, inscripción, tributos y otros, previa liquidación de las cobranzas.

3.Fondos aportados por la Administradora para cubrir los casos de vacancia al inicio del grupo.

3. Las penalidades y devoluciones de aportes de contratos resueltos.

4.Transferencias de la Administradora en caso de faltante de fondos para cubrir las cuentas morosas a la liquidación del grupo.

4. La devolución de cuotas a los asociados de grupos en formación que opten por el retiro del sistema.

5.Reembolso asumido por la Administradora de notas de cargo que corresponden a las cuentas bancarias del fondo colectivo.

5. El reembolso a la Administradora, por las cuotas aportadas para cubrir vacantes al inicio del grupo.

6. Las notas de abono pertinentes. 6. Las notas de cargo pertinentes 7. El efectivo en tránsito que se encuentra en custodia de empresa de caudales.

7. El depósito del efectivo en custodia de la empresa de caudales a las cuentas del fondo colectivo.

COMENTARIOS
Los depósitos realizados por los asociados por todo concepto serán realizados en una cuenta recaudadora respecto de la cual se emitirán diariamente reportes sobre la liquidación de los montos que correspondan a cada programa y grupo, así como a la Administradora por cuota administración, inscripción, seguro y otros, de corresponder.

El retiro de los fondos de las cuentas se deberá efectuar únicamente para los actos relacionados a la adjudicación u otros casos contemplados por el Reglamento, siempre mediante órdenes de pago, cheques, comprobantes de pago o documentos que acrediten y sustenten el pago al proveedor o a quien corresponda.

En caso de saldos en una moneda distinta a la moneda de la contabilidad del fondo colectivo, estos se deberán expresar al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre del período.

Los saldos de las cuentas bancarias en libros deben ser objeto de conciliación mensual con los estados de cuenta bancarios. Cualquier diferencia debe ser analizadas y regularizada.

CUENTA: 12 CUENTAS POR
COBRAR A ASOCIADOS
CONTENIDO
Agrupa las divisionarias referidas a los adeudos por concepto de cuotas capital de los asociados a los que se les ha entregado el bien o prestado el servicio.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
121 Cuentas por Cobrar 1211 Certificados de Compra 1212 Bienes o Servicios Determinados 129 Cuentas por Cobrar Morosas
DINÁMICA DE LA CUENTA 12
Es debitada por: Es acreditada por:

1. El monto de la deuda de los asociados a los cuales se entregó el bien o se prestó el servicio.

1. Las cobranzas de cuota capital a los asociados adjudicados.

2. Por la transferencia de las cuotas capital no pagadas a cuentas de cobranza morosa 3. Las cuentas morosas asumidas por la Administradora a la liquidación del grupo.

COMENTARIOS
Se deberá separar las cuentas por cobrar que se encuentran en situación de morosidad, efectuándose la transferencia a la divisionaria 129 respectiva.

De ser el caso, se deberá transferir a dicha cuenta la totalidad de la deuda del asociado en caso de resolución del contrato por incumplimiento de pago. La Administradora deberá establecer una política interna para el tratamiento de la deuda del asociado cuando éste se encuentre en situación de morosidad, de acuerdo a la facultad otorgada por el artículo 99 del Reglamento.

Dentro de las subdivisionarias 1211 y 1212, se establecerá subdivisionarias a partir de cinco (05) dígitos para desagregar por programas y grupos.

CUENTA: 20 BIENES Y SERVICIOS
CONTENIDO
Agrupa las cuentas divisionarias que representan los importes pagados por la adquisición de bienes y/o servicios según el respectivo contrato, que serán entregados o destinados a los asociados adjudicados.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
201 Bienes muebles 202 Bienes inmuebles 203 Bienes por recibir 204 Servicios
DINÁMICA DE LA CUENTA 20
Es debitada por: Es acreditada por:

1. El costo de adquisición del bien o construcción de inmuebles que serán materia de adjudicación.

1. La entrega de los bienes al asociado o el uso de servicios por éste, por el respectivo valor debitado.

2. El costo de los servicios adquiridos para el asociado.

COMENTARIOS
La entrega de los bienes o servicios se debe encontrar sustentada por facturas u otros comprobantes emitidos por el proveedor de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

El valor de los bienes registrados en las divisionarias será hasta por el monto del certificado de compra.

La Administradora deberá contar con controles permanentes de los importes pagados por la adquisición de bienes y/o servicios, así como efectuar inventarios periódicos de los mismos, cuando corresponda, para su conciliación con los saldos contables.

Dentro de cada divisionaria se establecerá subdivisionarias para desagregar por programas y grupos.

CUENTA: 30 INVERSIONES
CONTENIDO
Agrupa las cuentas divisionarias que representan las inversiones en instrumentos y operaciones financieras previstas en el Reglamento y que se realizan con los recursos diferentes de los señalados en la cuenta 10
Efectivo.

NOMENCLATURA DE LAS CUENTAS
DIVISIONARIAS
301 Depósitos 302 Instrumentos representativos de depósitos.

303 Instrumentos representativos de deuda del Gobierno Central o Banco Central de Reserva del Perú 309 Intereses y rendimientos devengados
DINÁMICA DE LA CUENTA 30
Es debitada por: Es acreditada por:

1. El costo de inversión en los instrumentos financieros contratados o adquiridos.

2. El devengo de los intereses y rendimientos de las inversiones en instrumentos y operaciones financieras de acuerdo a lo pactado en el respectivo contrato.

1. La liquidación, venta o redención de los instrumentos financieros.

2. Por el cobro de los intereses y rendimientos devengados.

COMENTARIOS
El registro de la inversión se realizará desde la fecha de contratación o adquisición del instrumento financiero, independientemente de la fecha de liquidación de la operación.

CUENTA: 42 CUENTAS POR PAGAR
CONTENIDO
Agrupa las cuentas divisionarias que representan obligaciones con la Administradora, por concepto de liquidación de las cobranzas pendientes de ser transferidas y otros relacionados a su actividad.

NOMENCLATURA DE LAS CUENTAS
DIVISIONARIAS
421 Cuentas por pagar a la Administradora 4211 Cuotas de Inscripción 4212 Cuotas de Administración 4213 Tributos 4214 Seguros 4215 Diferencia de precio 422 Contratos resueltos 4221 Aportes de asociados por devolver 4222 Penalidades 423 Financiamiento Complementario 4231 Certificados de Compra 4232 Bienes o Servicios Determinados 424 Otras Penalidades 4241 Por Remates 4242 Otras Penalidades 429 Otros
DINÁMICA DE LA CUENTA 42
Es debitada por: Es acreditada por:

1. Los pagos efectuados a la Administradora por las cuotas de inscripción, administración, tributos y seguros de acuerdo a la liquidación.

1. Las obligaciones con la Administradora por las cuotas de inscripción, administración, tributos y seguros correspondientes.

2. Los pagos efectuados a los asociados y a la Administradora por los contratos resueltos según corresponda.

3. Por la amortización del financiamiento complementario recibido por los grupos.

4. Los pagos efectuados a los asociados y a la Administradora por las penalidades por incumplimiento de pago de remates y otras penalidades establecidas, según corresponda.

2. La obligación con los asociados y Administradora originada por los contratos resueltos a la liquidación del grupo.

3. Depósitos efectuados por los asociados por diferencia de precio de los bienes o servicios adjudicados.

4. Por el importe de financiamiento recibido en caso de adjudicaciones anticipadas.

5. La obligación con los asociados y Administradora originada por las penalidades por incumplimiento de pago de remates y otras penalidades establecidas.

COMENTARIOS
La dinámica de la cuenta 421 será de aplicación para el registro de las cobranzas periódicas que se realicen a los asociados, debiendo reconocerse los importes que correspondan a favor de la Administradora.

La cuenta 423 registra el financiamiento otorgado al grupo en caso de programas con adjudicaciones anticipadas.

CUENTA: 44 APORTES DE ASOCIADOS
CONTENIDO
Agrupa las cuentas divisionarias que representan los aportes de los asociados por cada grupo formado y en formación, así como los aportes obtenidos por remates y las cuotas capital aportadas por la Administradora para cubrir vacantes de un grupo. Incluye cualquier otro importe que por derecho corresponda al fondo colectivo.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
441 Cuotas Capital 4411 Certificados de Compra 4412 Bienes o Servicios Determinados 442 Cuotas Capital aportados por la Administradora 4421 Certificados de Compra 4422 Bienes o Servicios Determinados 443 Remates 4431 Certificados de Compra 4432 Bienes o Servicios Determinados 444 Grupos en formación 4441 Certificados de Compra 4442 Bienes o Servicios Determinados 445 Aportes por liquidar 446 Intereses y rendimientos de las inversiones 449 Otros
DINÁMICA DE LA CUENTA 44
Es debitada por: Es acreditada por:

1. La aplicación de las cuotas capital y remates a la entrega del bien o servicio adjudicado.

1. El total de las cobranzas pendientes de liquidación.

2. El pago de las cuotas capital de los asociados adjudicados.

2. El aporte de las cuotas capital efectuado por los asociados no adjudicados, y las incluidas en los remates.

3. La cancelación de la obligación con los asociados y Administradora por los contratos resueltos a la liquidación de cada grupo.

4. Retiro de los asociados de grupos en formación.

3. El aporte de la Administradora para asumir vacantes de un grupo.

5. La transferencia de las cuotas del fondo de reserva, incluidos en los aportes de los asociados.

4. Los intereses y rendimientos generados por las cuentas de inversiones.

6. El reembolso a la Administradora al finalizar el grupo por las cuotas aportadas para cubrir vacantes de un grupo.

COMENTARIOS
En la cuenta 442 se registra las vacantes cubiertas por la Administradora en un grupo.

En la cuenta 445 se registra la totalidad de los aportes realizados por los asociados de manera periódica y una vez emitido el reporte de liquidación se traslada la totalidad de su saldo a la cuenta capital, devolución de remates, fondo de reserva y cuentas por pagar a la Administradora y otras, según corresponda.

En la cuenta 446 se registra los intereses y rendimientos generados por las inversiones.

Dentro de las subdivisionarias correspondiente a la divisionaria 441, 442, 443 y 444, se establecerá subdivisionarias a partir de cinco (05) dígitos para desagregar por programas y grupos.

CUENTA: 45 FONDO DE RESERVA
CONTENIDO
Agrupa las cuentas divisionarias que representan los aportes de los asociados o de la Administradora para cubrir los incrementos de precios del bien o servicio a adjudicar u otro concepto, de acuerdo a lo establecido en los respectivos contratos.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
451 Certificado de Compra 452 Bienes o Servicios Determinados
DINÁMICA DE LA CUENTA 45
Es debitada por: Es acreditada por:

1. La aplicación de los fondos de reserva para cubrir los incrementos de precios de los bienes o servicios por adjudicar.

1. Las cuotas del fondo de reserva, incluidos en los aportes de los asociados de ser el caso.

2. La distribución de los saldos aportados al fondo a la liquidación del grupo según el respectivo contrato.

2. Los aportes de la Administradora.

COMENTARIOS
La cuota de fondo de reserva es aquella cobrada según lo establecido en el programa y en el contrato.

A la finalización del grupo el acumulado del fondo de reserva aportado se distribuirá en forma establecida en el Reglamento.

Dentro de cada divisionaria se establecerá subdivisionarias para desagregar por programas y grupos.

CUENTA DE ORDEN: 011 REGISTRO DE
GARANTÍAS EN EJECUCIÓN
CONTENIDO
Registra el monto de las garantías en proceso de ejecución por morosidad en el pago de cuotas de los asociados adjudicados hasta el importe de la deuda.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
Se podrá establecer divisionarias de acuerdo al tipo de garantías recibidas.

DINÁMICA DE LA CUENTA 011
Es debitada por: Es acreditada por:

1. Las garantías recibidas en proceso de ejecución.

1. Recuperación de fondos por la garantía ejecutada.

COMENTARIOS
Se deberá registrar el monto de las garantías en ejecución desde la fecha de inicio del proceso de ejecución y por el monto de la deuda del asociado. Se debe realizar un control periódico sobre el proceso de ejecución de las garantías por falta de pago de asociados que fueron adjudicados.

CUENTA DE ORDEN: 013 REGISTRO DE
ADJUDICACIONES POR ENTREGAR
CONTENIDO
Esta cuenta registra el compromiso del fondo colectivo con los asociados adjudicados y cuya adquisición o entrega de bienes y servicios aun no se ha realizado.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
Se establecerá divisionarias en función de la modalidad de adquisición de los bienes y/o servicios, programa y grupo.

DINÁMICA DE LA CUENTA 013
Es debitada por: Es acreditada por:

1. El monto que corresponde a la adjudicación realizada al asociado, para la adquisición de bienes y servicios.

1. La entrega de los bienes y servicios a los asociados adjudicados.

CUENTA DE ORDEN: 014 REGISTRO
DEL FONDO COLECTIVO CAPTADO
CONTENIDO
Esta cuenta registra los fondos captados por cuotas capitales, remates y fondos de reserva que constituyen el fondo colectivo, neto de las adjudicaciones.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
Se establecerán divisionarias de acuerdo a la modalidad de adquisición de los bienes y/o servicios, programa y grupo.

DINÁMICA DE LA CUENTA 014
Es debitada por: Es acreditada por:

1. Las cuotas capitales captadas, inclusive las de los remates.

1. El monto de las adjudicaciones efectuadas a los asociados.

2. Las cuotas captadas por el Fondo de Reserva.

2. Las devoluciones y penalidades a la liquidación del grupo.

COMENTARIOS
Esta cuenta debe de refiejar el saldo por adjudicar de cada grupo.

CUENTA DE ORDEN: 021 CONTROL
DE GARANTIAS EN EJECUCIÓN
CONTENIDO
Registra el monto de las garantías en proceso de ejecución por morosidad en el pago de cuotas de los asociados adjudicados.

El monto a registrar en la cuenta es el monto de la deuda impaga del asociado que está en proceso de ejecución
NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
Se podrá establecer divisionarias de acuerdo al tipo de garantías recibidas.

DINÁMICA DE LA CUENTA 021
Es debitada por: Es acreditada por:

1. Recuperación de fondos por la garantía ejecutada.

1. Las garantías recibidas en proceso de ejecución.

COMENTARIOS
Se deberá registrar y controlar las garantías que se encuentran en proceso de ejecución por falta de pago de asociados que fueron adjudicados. Esta cuenta se registra como contrapartida de la cuenta 011 Registro de garantías en Ejecución.

CUENTA DE ORDEN: 023 RESPONSABILIDAD
DE ADJUDICACIONES POR ENTREGAR
CONTENIDO
Esta cuenta registra la obligación del fondo colectivo con los asociados adjudicados que aún no hayan recibido el bien y/o servicio.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
Se podrá establecer divisionarias de acuerdo a la modalidad de adquisición de los bienes y/o servicios, programa y grupo.

DINÁMICA DE LA CUENTA 023
Es debitada por: Es acreditada por:

1. La entrega de los bienes y servicios a los asociados adjudicados.

1. El monto correspondiente a la adjudicación realizada al asociado, para la adquisición de bienes y servicios.

COMENTARIOS
Se registra como contrapartida de la cuenta 013
Registro de adjudicaciones efectuadas.

CUENTA DE ORDEN: 024 CONTROL DEL
FONDO COLECTIVO CAPTADO
CONTENIDO
Esta cuenta registra los fondos captados por las cuotas capital, remates y fondos de reserva que constituyen el fondo colectivo.

NOMENCLATURA DE LAS DIVISIONARIAS
Se establecerán divisionarias de acuerdo a la modalidad de adquisición de los bienes y/o servicios, programa y grupo.

DINÁMICA DE LA CUENTA 024
Es debitada por: Es acreditada por:

1. El monto de las adjudicaciones efectuadas a los asociados.

1. Las cuotas capitales captadas, inclusive las de los remates.

2. Las devoluciones y penalidades a la liquidación del grupo.

2. Las cuotas captadas por el Fondo de Reserva.

INFORMACIÓN FINANCIERA DE FONDOS
COLECTIVOS
La información financiera que se debe presentar respecto de los Fondos Colectivos está referida únicamente a los estados financieros siguientes:

1. Estado de Situación Financiera 2. Estado de Flujos de Efectivo La mencionada información se presentará conjuntamente con notas explicativas, indicando la naturaleza y la composición del saldo de las cuentas que requieran información complementaria para un adecuado entendimiento del saldo.

La Administradora deberá presentar la información financiera integrada de todos los programas y grupos que administre, de acuerdo a los siguientes formatos:

Nombre de la Administradora
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DEL
FONDO COLECTIVO (en moneda….)
Por el período terminado Al (día)..de (mes).de (año)
ACTIVO
Efectivo Cuentas por cobrar a asociados Bienes y servicios Inversiones Total Activo Corriente
TOTAL ACTIVO
CUENTAS DE ORDEN
Registro de Garantías en Ejecución Registro de Adjudicaciones por Entregar Registro del Fondo Colectivo Captado
PASIVO
Cuentas por pagar Aporte de asociados Fondo de reserva
TOTAL PASIVO
CUENTAS DE ORDEN
Control de Garantías en Ejecución Responsabilidad de Adjudicaciones por Entregar Control del Fondo Colectivo Captado Nombre de la Administradora
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO DEL
FONDO COLECTIVO (en moneda)
Por el período terminado al ..de..de
INGRESOS DE EFECTIVO CAPTADOS
Cuotas de capital Remates Cobranzas a asociados adjudicados Cuotas del fondo de reserva Grupos en formación Cobranzas por Liquidar Cuotas capital aportadas por la Administradora Venta o redención de inversiones Intereses y rendimientos generados Otros.

TOTAL DE INGRESOS CAPTADOS
EGRESOS DE EFECTIVO
Transferencias de fondos a la Administradora:
- Cuota de inscripción - Cuota de administración - Cuota de seguros - Cuotas penalizadas - Tributos y otros Adquisición de bienes y servicios Devolución de aportes por contratos resueltos Inversiones Otros.

TOTAL DE EGRESOS EFECTUADOS
VARIACION NETA (AUMENTO/DISMINUCIÓN) DE
EFECTIVO DEL PERIODO
SALDO DE EFECTIVO AL INICIO DEL PERIODO
SALDO DE EFECTIVO AL FINAL DEL PERIODO
ANEXO DE TÉRMINOS Y DEFINICIONES
• Reglamento: Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas Administradoras • Administradora: Empresa Administradora de Fondos Colectivos • Cuenta: Codificadas a nivel de dos (02) dígitos, agrupa las divisionarias y subdivisionarias.
• Divisionarias: codificadas a nivel de tres (03) dígitos, agrupa las subdivisionarias • Subdivisionarias: codificadas a partir cuatro (04)
dígitos.
• Tipo de cambio: el tipo de cambio promedio publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

Artículo 2°.- Derogar la Resolución CONASEV N° 186-94-EF/94.10.0 y las demás normas que se opongan a la presente resolución.

Artículo 3°.- La información financiera intermedia de los Fondos Colectivos continuará remitiéndose en la misma forma y oportunidad en que se viene efectuando hasta la aprobación del nuevo Manual de Especificaciones Técnicas para la Remisión a la SMV de Información de Fondos Colectivos.

Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de octubre de 2015, con excepción de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente resolución que entrará en vigencia a partir del 1° de abril de 2015.

Artículo 5°.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS RIVERO ZEVALLOS
Superintendente del Mercado de Valores (e)

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Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.