3/12/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2015-MEM/DM Declaran en situación de grave deficiencia eléctrica al

Declaran en situación de grave deficiencia eléctrica al Sistema Eléctrico de Puerto Maldonado y designan a Electro Sur Este S.A.A. para que efectúe contrataciones y adquisiciones necesarias a fin de superar la deficiencia declarada RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2015-MEM/DM Lima, 10 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM publicado el 17 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial El Peruano, dispone que el Ministerio de Energía y Minas se encuentra facultado para declarar
Declaran en situación de grave deficiencia eléctrica al Sistema Eléctrico de Puerto Maldonado y designan a Electro Sur Este S.A.A. para que efectúe contrataciones y adquisiciones necesarias a fin de superar la deficiencia declarada
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2015-MEM/DM
Lima, 10 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM publicado el 17 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial El Peruano, dispone que el Ministerio de Energía y Minas se encuentra facultado para declarar las situaciones de emergencia eléctrica o de graves deficiencias del servicio eléctrico por falta de capacidad de producción y/o transporte y su respectivo plazo, a efectos de garantizar la confiabilidad del abastecimiento oportuno de energía en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), para lo cual establecerá la magnitud de la capacidad adicional de generación necesaria para enfrentar el evento y requerir a la empresa pública para que, al amparo del artículo 3 de la referida norma, efectúe las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes y servicios que sean necesarios para asegurar el suministro oportuno de energía eléctrica al
SEIN;

Que, mediante Carta COES/P-035-ingresada bajo registro N° 2474215, el Comité de Operación Económica del Sistema (COES) informó que las intensas precipitaciones pluviales y descargas eléctricas registradas en la Región de Madre de Dios han puesto en riesgo cuatro torres de la línea 138 kV L-1015 Mazuco –
Puerto Maldonado, ocasionando que el día 07 de febrero de a las 05:17 horas, colapse la torre N° 34 de la línea L-1015 ubicada en la comunidad de Arazayde, del distrito de Mazuco, produciendo el desabastecimiento de energía eléctrica en la ciudad de Puerto Maldonado, situación que fue comunicada por Electro Sur Este S.A.A.
mediante Oficio N° G-138-2015;

Que, si bien la torre N° 34 de la línea L-1015 fue repuesta, el riesgo de colapso del resto de las torres que componen la indicada línea sigue vigente, lo que motivó al COES solicitar se declare en Situación de Grave Deficiencia Eléctrica al Sistema Eléctrico de Puerto Maldonado, por falta de capacidad de transporte, con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio y minimizar la restricción de suministro de energía a los usuarios de Puerto Maldonado;

Que, asimismo el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM dispone que el Ministerio de Energía y Minas establecerá la magnitud de la capacidad adicional de generación y/o transporte de naturaleza temporal necesaria para asegurar el abastecimiento oportuno del suministro de energía eléctrica al SEIN;

Que, mediante Oficio N° G-206-2015, la empresa Electro Sur Este S.A.A. hizo llegar a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas el Informe Técnico que describe la situación actual del suministro de energía eléctrica en el Sistema Eléctrico de Puerto Maldonado;

Que, luego de la revisión y evaluación de la información antes referida, de conformidad con el Informe Técnico N° 020-2015/DGE-DEPE emitido por la Dirección General de Electricidad, y con el fin de garantizar la continuidad de la cadena de suministro de energía eléctrica al Sistema Eléctrico de Puerto Maldonado, el Ministerio de Energía y Minas ha considerado conveniente designar a la Empresa Electro Sur Este S.A.A. como la encargada de realizar la implementación de Generación Térmica Adicional con una potencia de hasta 12 MW, en dos etapas:
• Primera etapa: hasta 7 MW, durante un plazo de 150
días calendario, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
• Segunda Etapa: hasta 5 MW adicionales, durante un plazo de 90 días calendario, computados a partir de los 60 días calendario de publicada la presente Resolución Ministerial.

En ejercicio de la facultad contenida en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM;

Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Vice-Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar en situación de grave deficiencia eléctrica al Sistema Eléctrico de Puerto Maldonado, por falta de capacidad de transporte en la línea de transmisión L-1015 Mazuco – Puerto Maldonado, para efectos de lo dispuesto en el Decreto Supremo 044-2014-EM.

Artículo 2°.- Declarar que la magnitud de la capacidad de generación y suministro necesaria para el abastecimiento seguro y oportuno de energía eléctrica en la ciudad de Puerto Maldonado, es del orden de 12 MW
que serán implementados en dos etapas:
• Primera etapa: hasta 7 MW, durante un plazo de 150
días calendario computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
• Segunda Etapa: hasta 5 MW adicionales, durante un plazo de 90 días calendario, computados a partir de los 60 días calendario de publicada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3°.- Designar a la empresa Electro Sur Este S.A.A., para que al amparo del artículo 3 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM, se encargue de efectuar las contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras necesarias para la implementación de las medidas temporales antes señaladas que permitan superar la grave deficiencia eléctrica declarada en la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas

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