4/18/2015

DECRETO SUPREMO N° 012-2015-PRODUCE Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA

Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES DECRETO SUPREMO N° 012-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -FONDEPES es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y financieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
DECRETO SUPREMO N° 012-2015-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -FONDEPES es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y financieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura;

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2007-PRODUCE se aprobó la fusión del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP Paita con el FONDEPES, bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al FONDEPES la calidad de incorporante;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 669-2008-PRODUCE se declaró la desactivación y extinción del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP Paita al haber concluido el proceso de fusión, por lo que toda referencia que hubiere a la Entidad absorbida deberá entenderse como hecha al FONDEPES;

Que, los artículos 37 y 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de elaborar y aprobar o gestionar la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, cumpliendo los requisitos establecidos para tal fin;

Que, por otro lado, la Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administrativo establece las disposiciones sobre la evaluación por parte de las entidades del Estado de los procedimientos administrativos considerados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM;

Que, por Decreto Supremo N° 064-2010-PCM se aprobó la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM se aprobó la Metodología de Simplificación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública;

Que, teniendo en cuenta la normatividad citada en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el nuevo TUPA del FONDEPES, cuya propuesta cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, en observancia de lo dispuesto por el numeral 11.2 del artículo 11 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo
N° 079-2007-PCM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM
que aprueba el formato del T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Aprobación de Formulario Apruébese el Formulario N° 001 - Solicitud de Acceso a la Información Pública, correspondiente al procedimiento de Acceso a la Información pública que posea o produzca el FONDEPES, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el TUPA y el Formulario a que se refieren los artículos 1 y 2 del presente dispositivo deberán ser publicados en el Portal Institucional del FONDEPES (www.fondepes.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Producción.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo N° 007-2006-PRODUCE que aprueba el T exto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; y, el Decreto Supremo N° 006-2002-PRODUCE que aprueba Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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