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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 102-2015/JNAC/RENIEC Aprueban gratuidad en trámites de actualización del

Aprueban gratuidad en trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del DNI de ciudadanos residentes en el distrito de José María Arguedas, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 102-2015/JNAC/RENIEC Lima, 17 de abril de 2015 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000090-2015/ GOR/RENIEC (24MAR2015), el Informe N° 000022-2015/GOR/RENIEC (24MAR2015) y el Memorando N° 000214-2015/GOR/RENIEC (05FEB2015); emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, las Hojas de Elevación
Aprueban gratuidad en trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del DNI de ciudadanos residentes en el distrito de José María Arguedas, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 102-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 17 de abril de 2015
VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000090-2015/ GOR/RENIEC (24MAR2015), el Informe N° 000022-2015/GOR/RENIEC (24MAR2015) y el Memorando N° 000214-2015/GOR/RENIEC (05FEB2015); emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, las Hojas de Elevación N° 000062-2015/GPP/RENIEC (05MAR2015), N° 000076-2015/GPP/RENIEC (19MAR2015) y N° 000077-2015/GPP/RENIEC (20MAR2015); emitidos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes
N° 000537-2015/GPP/SGP/RENIEC (05MAR2015),
N° 000723-2015/GPP/SGP/RENIEC (19MAR2015), N° 000735-2015/GPP/SGP/RENIEC (19MAR2015); emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000037-2015/ GPP/SGPL/RENIEC (20MAR2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000224-2015/GG/RENIEC (24MAR2015); emitido por la Gerencia General, el Informe
N° 000117-2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (27MAR2015);
emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 000027-2015/GAJ/RENIEC (20MAR2015) y las Hojas de Elevación N° 000195-2015/GAJ/RENIEC (20MAR2015)
y N° 000220-2015/GAJ/RENIEC (27MAR2015); emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, siendo el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado;

Que mediante la Ley N° 30295 "Ley de saneamiento y organización territorial de la provincia de Andahuaylas y sus distritos en el departamento de Apurímac", publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2014, se sanea los límites territoriales de la provincia de Andahuaylas y los distritos de Andahuaylas, Andarapa, Chiara, Huancarama, Huancaray, Huayana, Kaquiabamba, Kishuara, Pacobamba, Pacucha, Pampachiri, Pomacocha, San Antonio de Cachi, San Jerónimo, San Miguel de Chaccrampa, Santa María de Chicmo, Talavera, Tumay Huaraca y Turpo, en el departamento de Apurímac; creándose a consecuencia de ello el distrito de José María Arguedas, con su capital Huancabamba, en la provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac;

Que asimismo, la Sétima Disposición Complementaria Final de la citada ley dispone que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realice las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito el documento nacional de identidad con los datos actualizados;

Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identificación de las personas y entrega del Documento Nacional de Identidad –DNI, conforme a lo dispuesto en el artículo 91° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), en virtud a la creación del distrito señalado precedentemente, mediante documentos de vistos solicita se emita el acto resolutivo que permita la gratuidad de los trámites que contengan una actualización por cambio del Código de Ubicación Geográfica – UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, autorizando además de manera excepcional, la declaración jurada del domicilio en la Ficha Registral de los residentes del citado distrito;

Que en ese sentido la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que es factible el financiamiento de los gastos que conlleven la actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO en el DNI de los pobladores residentes en el distrito de reciente creación, con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios;

Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente;

Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción. En tal sentido, resulta legalmente viable otorgar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad de los ciudadanos residentes en el distrito de José María Arguedas, con su capital Huancabamba, en la provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac, con eficacia anticipada a partir del 26 de marzo de al 22 de setiembre de 2015;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos;

Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 090-2015/JNAC/RENIEC (14ABR2015), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 15
al 18 de Abril de 2015; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad con eficacia anticipada a partir del 26 de marzo de al 22 de setiembre de 2015, de los ciudadanos residentes en el distrito de José María Arguedas, con su capital Huancabamba, en la provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac.

Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Planificación y Presupuesto y Registros de Identificación.

Artículo Tercero.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)

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