4/23/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 351-2015-DE/SG Autorizan ingreso al territorio de la República de

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia, Brasil y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 351-2015-DE/SG Lima, 22 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 291 del 21 de abril de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, de la República Federativa del Brasil y de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que,
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia, Brasil y Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 351-2015-DE/SG
Lima, 22 de abril de 2015
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 291 del 21 de abril de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, de la República Federativa del Brasil y de la República del Ecuador, sin armas de guerra;

Que, con Oficio N° 730-2015-MINDEF/VPD/B/01.
a, del 22 de abril de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, de la República Federativa del Brasil y de la República del Ecuador;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 23 al 24 de abril de 2015, con la finalidad de asistir a la actividad del CDS –
UNASUR "Elaboración del Atlas de Mapas de Riesgos de Desastres Naturales en Suramérica", en la ciudad de Lima;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores;
y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley N° 28899 y la Ley N° 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar que se detalla a continuación, del 23 al 24 de abril de 2015, con la finalidad de asistir a la actividad del CDS – UNASUR "Elaboración del Atlas de Mapas de Riesgos de Desastres Naturales en Suramérica", en la ciudad de Lima:

1. Un (1) militar del Estado Plurinacional de Bolivia.

2. Un (1) militar de la República Federativa del Brasil.

3. Un (1) militar de la República del Ecuador.

Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899 y Ley N° 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley N° 28899 y por el artículo único de la Ley N° 30209

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