4/23/2015

DECRETO SUPREMO N° 090-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU DECRETO SUPREMO N° 090-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2015-MINEDU se declara de interés nacional la organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, a realizarse en Lima, entre 26 de julio y el 11 de agosto de 2019, así como la creación del grupo de trabajo denominado
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU
DECRETO SUPREMO N° 090-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2015-MINEDU se declara de interés nacional la organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, a realizarse en Lima, entre 26 de julio y el 11 de agosto de 2019, así como la creación del grupo de trabajo denominado "Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019" adscrito al Ministerio de Educación, encargado de llevar a cabo la organización y las actividades necesarias para la realización del citado evento deportivo;

Que, en ese contexto, la entrega de la sede a la ciudad de Lima se concretará en un evento denominado Ceremonia de Entrega de Sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, el mismo que se llevara a cabo en el mes de julio de en la ciudad de Toronto-Canadá;

Que, el Ministerio de Educación, mediante Oficio N° 075-2015-MINEDU/DM, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el apoyo en la programación, ejecución y supervisión de la producción y puesta en escena de la Ceremonia de Entrega de Sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, dado que se requiere posicionar la imagen del Perú en general y de Lima en particular, como ciudad sede de los citados Juegos Panamericanos;
y considera que el pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, dada su experiencia, puede ser la entidad encargada de las actividades señaladas;

Que, la Ceremonia de Entrega de Sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 constituye una oportunidad de promoción de la imagen país dado que se enmarca dentro de las estrategias de dicha promoción y constituye además una plataforma de gran cobertura mediática, generando impacto positivo, el cual contribuye al posicionamiento de la imagen del país en el exterior;

Que, el artículo 1° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERU, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, dispone que es competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;

Que, mediante Oficio N° 150-2015-MINCETUR-DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha solicitado una Transferencia de Partidas a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERU, por la suma de CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENT A MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 650 000,00), para ser destinados a financiar el costo que demanda la programación, ejecución y supervisión de la producción y puesta en escena de la Ceremonia de Entrega de Sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, conforme lo señalado en el Informe N° 007-2015/ PROMPERU/SG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF , establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada afinanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, los recursos para atender el requerimiento señalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERU, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de
CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 650 000,00);

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1°.- Objeto Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS
CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 650
000,00), a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERU, para financiar la Ceremonia de Entrega de Sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en la ciudad de Toronto, Canadá, en el mes de julio de 2015, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : 009 Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS QUE NO
RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 :RecursosOrdinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 4 650 000,00
==========
TOTAL 4 650 000,00
==========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo
PROMPERU
UNIDAD EJECUTORA 001 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo
PROMPERU
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS QUE NO
RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000709 : Desarrollo y Promoción de la Imagen Perú
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 :RecursosOrdinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 4 650 000,00
==========
TOTAL 4 650 000,00
==========
Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23
del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos y Egresos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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