4/18/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 137-2015-DE/ Aprueban cargo vacante de Agregado de Defensa y Militar a la

Aprueban cargo vacante de Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 137-2015-DE/ Lima, 17 de abril de 2015 Visto: El Informe N° 025-DGRIN-AL del 26 de febrero de 2015, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, en el tercer párrafo del artículo 14 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, se establece que el Oficial en situación
Aprueban cargo vacante de Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 137-2015-DE/
Lima, 17 de abril de 2015
Visto: El Informe N° 025-DGRIN-AL del 26 de febrero de 2015, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa;
y,
CONSIDERANDO:

Que, en el tercer párrafo del artículo 14 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, se establece que el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución y deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 45 y 46 de la Ley, y tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecidos en la norma que regula la materia;

Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, los Agregados son de Defensa; excepcionalmente, cuando lo justifique la naturaleza de las relaciones existentes y de la gestión a desempeñar, los Oficiales podrán ser nombrados como Agregado Militar, Naval o Aéreo;

Que, los Agregados de Defensa Adjuntos coadyuvan al ejercicio de las funciones del Agregado de Defensa, tal como lo establece el literal b) del artículo 4 citado en el párrafo precedente;

Que, ambos cargos son desempeñados por Personal Superior de las Fuerzas Armadas, los cuales son nombrados a una Misión Diplomática;

Que, mediante Resolución Suprema N° 090-2014-DE
del 01 de marzo de 2014, se nombró en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Coronel EP Elías Aubín Cáceres Vásquez, en el cargo de Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 155-2015
DE/EP del 27 de febrero de 2015, se varió la fecha de término de Misión Diplomática del Coronel EP Elías Aubin CACERES VASQUEZ como Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador al 28
de febrero de 2015;

Que, a fin de nombrar en Misión Diplomática al Personal Superior de las Fuerzas Armadas como Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador, previamente se deberá aprobar el cargo vacante a desempeñar por dicho personal militar;

Que, el literal b) del artículo 8 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado con el Decreto Supremo N° 028-2006 DE-SG del 13 de diciembre de 2006, señala que los cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática, se establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y su modificatoria aprobada con el Decreto Legislativo N° 1143, y el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el cargo vacante de Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador, a desempeñar por Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior:

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa

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