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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 063-2015-SERFOR/DE Aprueban el "Plan Nacional para la
5/19/2015
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 063-2015-SERFOR/DE Aprueban el "Plan Nacional para la
Aprueban el "Plan Nacional para la Conservación del Cóndor Andino (Vultur gryphus) en el Perú", período - 2025 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 063-2015-SERFOR/DE Lima, 8 de mayo de 2015 VISTO: El Informe Técnico N° 033-2015-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 11 de marzo de 2015, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se creó
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 063-2015-SERFOR/DE
Lima, 8 de mayo de 2015
VISTO:
El Informe Técnico N° 033-2015-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 11 de marzo de 2015, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre;
y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el artículo 13 de la Ley citada señala que el SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR) y se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM los entes rectores de los sistemas funcionales son aquel conjunto de instituciones cuya misión es el análisis, diseño, debate, aprobación, difusión, implementación, monitoreo, supervisión, control, evaluación y mejora de las Políticas Públicas Nacionales y Sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por parte de todas las Entidades Públicas del Estado en todos los niveles de gobierno;
Que, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, ha considerado en el lineamiento 2 del eje de política 2.
Sostenibilidad, que la gestión especial para la conservación y aprovechamiento sostenible de ecosistemas forestales y otro tipo de vegetación silvestre que se encuentran sujetos a amenazas o procesos de degradación, se realice, entre otros, mediante la recuperación y manejo sostenible de las especies de fauna silvestre que se encuentren amenazadas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, se aprobó la actualización de la lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, incluyendo a la especie cóndor andino dentro de la categoría En Peligro (EN);
Que, la Ley N°30203, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la protección y conservación del cóndor andino, declaró de interés nacional y necesidad pública la protección y conservación del cóndor andino y encargó a los gobiernos regionales y entes operativos pertinentes, en coordinación con la ex Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, a realizar las acciones necesarias para que, en el marco de su competencia, puedan dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma, con cargo a su presupuesto;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0424-2014-MINAGRI se dio por concluido el proceso de fusión por absorción de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del MINAGRI en el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR, en calidad de entidad absorbente y en consecuencia, extinguida la citada Dirección General;
Que, con el Informe N° 126-2015-SERFOR-DGGSPFFS/ DGSPFS y el Informe Técnico N° 033-2015-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, respectivamente, se da cuenta que se ha elaborado de manera conjunta el documento denominado "Plan Nacional para la Conservación del "cóndor andino" (Vultur gryphus) en el Perú" con la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, además de la participación de otras instituciones públicas y privadas;
Que, asimismo refieren, entre otros supuestos, que el Plan formulado es una herramienta de gestión que, además de incorporar al Perú a los esfuerzos para la conservación de la especie en la región, brinda un marco estratégico que integra la gestión de los gobiernos regionales involucrados en la gestión sostenible de la especie y permite cumplir con lo establecido en la Ley N° 30203;
Que, con el Informe Técnico N° 018-2015-SERFOR/ OGPP-OPR la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de la propuesta de "Plan Nacional para la Conservación del "cóndor andino" (Vultur gryphus)
en el Perú";
Que, mediante Informe N° 122-2015-MINAM/ DVMDERN/DGDB de fecha 04 de mayo de la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente emite opinión favorable sobre la propuesta de "Plan Nacional para la Conservación del "cóndor andino" (Vultur gryphus) en el Perú" manifestando que constituye un documento de gestión con medidas de carácter orientativo, operativo y funcional, a fin de abordar la problemática de la especie en el país, para garantizar su recuperación sobre la base de la mejor información científica y de gestión disponible, considerando líneas de acción claves para mitigar las amenazas a las que se encuentra sometida la especie y que se requiere una estrecha coordinación entre el Ministerio del Ambiente, el SERFOR, Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas y los Gobiernos Regionales de acuerdo a sus competencias, a fin de impulsar procesos sinérgicos y unificados para la implementación del Plan, por lo cual recomienda su aprobación;
Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el documento denominado el "Plan Nacional para la Conservación del Cóndor Andino (Vultur gryphus) en el Perú", periodo 2015-2025;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Secretario General del SERFOR; y;
De conformidad con la Ley N°30203, Ley que Declara de Interés Nacional y Necesidad Pública la Protección y Conservación del Cóndor Andino, la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada con Decreto Supremo N° 009-2013-MINAG y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan Nacional para la Conservación del Cóndor Andino (Vultur gryphus) en el Perú", período - 2025, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre coordina con las instituciones que colaboran en la ejecución del Plan Nacional para la Conservación del Cóndor Andino (Vultur gryphus) en el Perú", período 2015
– 2025 las acciones necesarias para su implementación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. La Resolución y su anexo serán publicados, asimismo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
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