Inicio
Organismo Supervisor de la Inversion En Energia y Mineria
Organismos Reguladores
RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN
5/08/2015
RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN
Sustituyen el numeral I del Anexo de la Res. N° 012-2015-OS/GART RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 041-2015-OS/GART Lima, 4 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciéndose así un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población. Dicha
RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 041-2015-OS/GART
Lima, 4 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciéndose así un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población. Dicha Ley dispone que las empresas de distribución eléctrica participen en la implementación del mecanismo de descuento y para tal fin señala que Osinergmin debe establecer los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dicha norma;
Que, mediante Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, se aprobó la Norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas" (en adelante la "Norma Costos FISE"), definiéndose las actividades y criterios a considerar para el reconocimiento de tales costos. En aplicación de lo dispuesto por el artículo 14.1 de la referida norma, para el reconocimiento de las actividades vinculadas al Programa FISE, Osinergmin aprobará los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE, los cuales serán aplicables a cada distribuidora eléctrica;
Que, con Resolución N° 012-2015-OS/GART (en adelante Resolución 012), publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2015, se aprobaron los costos estándares unitarios de las distribuidoras eléctricas para la implementación y operatividad del FISE
y su fórmula de actualización;
Que, contra la Resolución 012 las siguientes empresas presentaron recurso de reconsideración: Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima Hidrandina S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., Electro Ucayali S.A., Electro Dunas S.A.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., Electro Puno S.A.A. y Luz del Sur S.A.A.;
Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución 012
por las empresas que se señalan en el considerando anterior, se han expedido las Resoluciones Osinergmin N° 028, 029, 030, 037, 038, 039 y 040-2015-OS/GART, respectivamente;
Que, por lo dispuesto en las resoluciones indicadas, corresponde que mediante resolución se consigne, con carácter informativo y de manera integral, el numeral I del Anexo que sustituirá al consignado en la Resolución 012, con el fin de poner a disposición de los interesados un único documento que facilite su aplicación, interpretación y difusión;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;
SE RESUELVE
Artículo 1°.- Sustitúyase el numeral I del Anexo de la Resolución N° 012-2015-OS/GART de acuerdo con los valores consignados en los cuadros del Anexo de la presente resolución.
Artículo 2°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano.
VICTOR ORMEÑO SALCEDO
Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria
ANEXO
I. COSTOS ESTÁNDARES UNITARIOS POR ZONA
DE ATENCIÓN FISE
1. Zona Rural Costos Estándares Unitarios de Implementación: Zona Rural (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14A
Costo Unitario por Empadronamiento Costo Unitario por Agente
GLP
Adinelsa 9,45 32,60
Chavimochic 4,42 0,00
Edecañete 8,95 70,19
Electro Dunas 3,07 35,00
Electro Oriente - Amazonas 2,30 43,50
Electro Oriente - Loreto 3,58 0,00
Electro Oriente - San Martín 3,42 0,00
Electro Puno 8,72 73,56
Electro Sur Este 8,07 48,19
Electrocentro 899 243,25
Electronoroeste 12,96 93,95
Electronorte 9,54 164,36
Emseusac 2,24 0,00
Hidrandina 10,03 217,28
Seal 8,54 45,48
Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Rural (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14B
Costo Unitario por Impresión de Vales
Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio
Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos
Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Adinelsa 0,20 0,29 0,29 0,25 0,80 1,11 8 445,84
Chavimochic 0,10 0,16 0,13 0,03 0,80 0,06 0,00
Edecañete 0,02 0,60 0,08 0,00 0,80 1,11 0,00
Electro Dunas 0,18 0,20 0,00 0,00 0,80 0,12 103,52
Electro Oriente -Amazonas 0,00 0,08 0,00 0,00 0,80 0,00 0,00
Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Rural (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14B
Costo Unitario por Impresión de Vales
Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio
Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos
Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Adinelsa 0,20 0,29 0,29 0,25 0,80 1,11 8 445,84
Chavimochic 0,10 0,16 0,13 0,03 0,80 0,06 0,00
Edecañete 0,02 0,60 0,08 0,00 0,80 1,11 0,00
Electro Dunas 0,18 0,20 0,00 0,00 0,80 0,12 103,52
Electro Oriente -Amazonas 0,00 0,08 0,00 0,00 0,80 0,00 0,00
Electro Oriente - Loreto 0,04 0,08 0,00 0,00 0,80 0,00 2 133,49
Electro Puno 0,05 0,60 0,08 0,00 0,80 0,00 16 997,92
Electro Sur Este 0,20 0,00 0,06 0,00 0,80 0,00 20 944,79
Electro Ucayali 0,00 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 0,00
Electrocentro 0,02 0,60 0,59 0,00 0,80 1,24 34 909,84
Electronoroeste 0,01 0,39 0,07 0,00 0,80 1,52 36 894,75
Electronorte 0,07 1,20 0,02 0,00 0,80 1,11 13 093,50
Emseusac 0,00 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 0,00
Hidrandina 0,02 1,46 0,20 0,00 0,80 1,11 37 933,13
Seal 0,16 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 0,00
2. Zona Urbano Provincias Costos Estándares Unitarios de Implementación: Zona Urbano Provincias (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14A
Costo Unitario por Empadronamiento Costo Unitario por Agente GLP
Chavimochic 2,24 14,00
Coelvisac 4,38 75,00
Edecañete 8,95 70,19
Electro Dunas 3,07 35,00
Electro Oriente - Amazonas 2,30 0,00
Electro Oriente - Loreto 3,58 0,00
Electro Oriente - San Martín 2,30 18,50
Electro Puno 8,12 73,56
Electro Sur Este 7,06 43,00
Electro Ucayali 5,29 57,00
Electrocentro 7,91 243,25
Electronoroeste 12,96 93,95
Electronorte 7,56 164,36
Electrosur 0,63 57,63
Emseusac 2,24 14,00
Hidrandina 5,18 217,28
Seal 8,54 45,48
Sersa 2,24 14,00
Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Urbano Provincias (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14B
Costo Unitario por Impresión de Vales Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Chavimochic 0,10 0,16 0,13 0,03 0,80 0,06 2 144,00
Coelvisac 0,00 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 6 390,57
Edecañete 0,02 0,60 0,08 0,00 0,80 1,11 2 196,85
Edelnor 0,06 0,00 0,00 0,00 0,80 1,19 0,00
Fe de erratas
{N}RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 029-2015-OS/GART
Mediante Oficio N° 0504-OS/GART, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria N° 029-2015-OS/GART, publicada en la edición del día 30 de abril de 2015.
- Sexto párrafo del numeral 2.3.2. de la parte considerativa de la Resolución Osinergmin N° 029-2015-OS/GART
DICE:
"Que, en consecuencia, este extremo del recurso se declara fundado en parte, reconociéndosele un costo de S/. 35 142,03 distribuidos en S/. 22 613,27
para la zona urbano provincia y S/. 12 528,76 para la zona rural".
DEBE DECIR:
"Que, en consecuencia, este extremo del recurso se declara fundado en parte, reconociéndosele un costo de S/. 35 129,21 distribuidos en S/. 22 605,02 para la zona urbano provincia y S/. 12 524,19 para la zona rural".
Empresa
FISE-14B
Costo Unitario por Impresión de Vales Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Electro Dunas 0,18 0,19 0,00 0,00 0,80 0,12 8 414,84
Electro Oriente -Amazonas 0,00 0,08 0,00 0,00 0,80 0,00 15 394,74
Electro Oriente - Loreto 0,04 0,08 0,00 0,00 0,80 0,00 1 856,19
Electro Oriente - San Martín 0,00 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 15 413,12
Electro Puno 0,00 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 7 763,83
Electro Sur Este 0,20 0,00 0,06 0,00 0,80 0,00 31 563,46
Electro Ucayali 0,04 0,20 0,08 0,00 0,80 0,06 11 210,10
Electrocentro 0,02 0,42 0,41 0,00 0,80 1,24 9 101,30
Electronoroeste 0,01 0,35 0,07 0,00 0,80 1,21 24 790,30
Electronorte 0,07 0,35 0,02 0,00 0,80 1,11 23 174,33
Electrosur 0,07 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 11 000,00
Emseusac 0,10 0,16 0,13 0,03 0,80 0,06 4 000,00
Hidrandina 0,02 0,60 0,20 0,00 0,80 1,11 52 69,43
Seal 0,16 0,00 0,00 0,00 0,80 0,00 17 869,56
Sersa 0,10 0,16 0,13 0,03 0,80 0,06 2 284,82
Para las empresas Electro Tocache, Edelsa, Emsemsa y electro Pangoa se aplicará los valores obtenidos para la empresa Sersa.
3. Zona Urbano Lima Costos Estándares Unitarios de Implementación: Zona Urbano Lima (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14A
Costo Unitario por Empadronamiento Costo Unitario por Agente GLP
Edelnor 5,09 43,53
Luz del Sur 3,77 120,32
Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Urbano Lima (Nuevos Soles)
Empresa
FISE-14B
Costo Unitario por Impresión de Vales Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Edelnor 0,06 0,00 0,00 0,25 0,80 1,19 6 624,00
Luz del Sur 0,06 0,02 0,00 0,00 0,80 1,19 11 431,27
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- abril 2026 (54)
- marzo 2026 (96)
- febrero 2026 (108)
- enero 2026 (61)
- diciembre 2025 (84)
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)