5/12/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 062-2015-OEFA/PCD Autorizan transferencia

Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM para el financiamiento de acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 062-2015-OEFA/PCD Lima, 11 de mayo de 2015 VISTOS: El Memorándum N° 1563-2015-OEFA/OPP y el Informe N° 197-2015-OEFA/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo
Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM para el financiamiento de acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 062-2015-OEFA/PCD
Lima, 11 de mayo de 2015
VISTOS: El Memorándum N° 1563-2015-OEFA/OPP y el Informe N° 197-2015-OEFA/OAJ, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, el Numeral 75.1 del Artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que son transferencias financieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino;

Que, el Numeral 4.2 del Artículo 4° de la Ley N° 30321 -Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental autoriza al OEFA, de manera excepcional y durante el Año Fiscal 2015, a realizar transferencias financieras a favor del Fondo Nacional del Ambiente (FONAM) hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles), con cargo a los recursos provenientes de la imposición de multas administrativas, para el financiamiento de las acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos que impliquen riesgos a la salud y al ambiente y, ameriten una atención prioritaria y excepcional del Estado;

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 061-2015-OEFA/PCD el OEFA incorporó la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100
nuevos soles) a su Presupuesto Institucional Modificado provenientes de las multas administrativas impuestas por el OEFA en el ejercicio de su función de fiscalización ambiental, y no respecto de los recursos provenientes del Aporte por Regulación, a fin de realizar la indicada transferencia financiera, al haberse priorizado las actividades proyectadas en los instrumentos de gestión, sin que ello implique una afectación de los objetivos estratégicos trazados para el presente año;

Que, mediante Memorándum N° 1563-2015-OEFA/ OPP del 8 de mayo del 2015, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la aprobación de la transferencia financiera a favor del FONAM hasta por la suma de S/. 20
000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles) con cargo al saldo de balance no incorporado en la Fuente de Financiamiento 2 - Recursos Directamente Recaudados, provenientes de las multas administrativas impuestas por el OEFA en el ejercicio de su función de fiscalización ambiental, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Numeral 4.2 del Artículo 4° de la Ley N° 30321 - Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental;

Que, contando con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y con la opinión legal de la Oficina de Asesoría Jurídica emitida mediante Informe N° 197-2015-OEFA/OAJ del 8 de mayo del 2015, se concluye que es procedente autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, hasta por la suma de S/.

20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles) a favor del FONAM, para el financiamiento de las acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos que impliquen riesgos a la salud y al ambiente y ameriten una atención prioritaria y excepcional del Estado;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30321 -Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, y los Literales a) y t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA
aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles) a favor del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM para el financiamiento de las acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos, que impliquen riesgos a la salud y al ambiente y ameriten una atención prioritaria y excepcional del Estado.

Artículo 2°.- Precisar que la transferencia financiera autorizada en el Artículo 1° de la presente Resolución se realiza con cargo a la Fuente de Financiamiento 2
Recursos Directamente Recaudados provenientes de las multas administrativas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental en el ejercicio de su función de fiscalización ambiental, y no de los recursos provenientes del Aporte por Regulación.

Artículo 3°.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos a los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación.

Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo

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