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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0155-2015-JUS Modifican la R.M. N° 0006-2015-JUS
5/31/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0155-2015-JUS Modifican la R.M. N° 0006-2015-JUS
Modifican la R.M. N° 0006-2015-JUS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0155-2015-JUS Lima, 29 de mayo de 2015 VISTOS; el Informe N° 276-2015-OGA-OAS, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración; el Oficio N° 897-2015-JUS-OGA, de la Oficina General de Administración y el Informe N° 261-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0155-2015-JUS
Lima, 29 de mayo de 2015
VISTOS; el Informe N° 276-2015-OGA-OAS, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración; el Oficio N° 897-2015-JUS-OGA, de la Oficina General de Administración y el Informe N° 261-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el artículo 10° de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, estableciendo que el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;
Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente desconcentrar facultades del Titular de la Entidad que no son privativas a su función;
Que, en tal sentido, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial N° 006-2015-JUS, por el que se delega diversas facultades en el(la) Viceministro(a) de Justicia y en el(la) Viceministro(a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; en el(la) Secretario(a) General y en el(la) Jefe(a) de la Oficina General de Administración;
Con el visado de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Incorporar el literal f) en el numeral 3.2 del artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 0006-2015-JUS, en la que se delega en el(la) Viceministro(a) de Justicia y en el(la) Viceministro(a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; en el(la) Secretario(a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en el(la) Jefe(a) de la Oficina General de Administración, el que quedará de la siguiente manera:
«Artículo 3°.- Delegar en el(la) Jefe(a) de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: (?)
3.2 EN MATERIA ADMINISTRATIVA (?)
f) Emitir actos administrativos, suscribir la documentación correspondiente y efectuar los trámites relativos a la adquisición de bienes estatales, inclusive los referidos a la autorización y aceptación de donaciones de bienes muebles e inmuebles, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Bienes Estatales."
Artículo 2°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, no eximiendo de la obligación de cumplir los requisitos legales establecidos para cada caso.
Artículo 3°.- El(La) Jefe(a) de la Oficina General de Administración, comunica al Despacho Ministerial, las Resoluciones que emita como consecuencia de la presente delegación de facultades.
Artículo 4°.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General; a los Directores Generales y a los Jefes de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento, cumplimiento y difusión.
Artículo 5°.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos
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