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ACUERDO REGIONAL N° 056-2015-GRA/CR-AREQUIPA Aprueban transferencias financieras a favor de las
6/29/2015
ACUERDO REGIONAL N° 056-2015-GRA/CR-AREQUIPA Aprueban transferencias financieras a favor de las
Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Provincial de Caylloma y Distrital de Tuti -Caylloma ACUERDO REGIONAL N° 056-2015-GRA/CR-AREQUIPA Chivay, 21 de junio del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Descentralizada aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867 ? Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ? el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen
ACUERDO REGIONAL N° 056-2015-GRA/CR-AREQUIPA
Chivay, 21 de junio del 2015
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Descentralizada aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867 ? Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ? el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 12°, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30281/Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias financieras que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo;
Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12°
de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias financieras, en el caso de los Gobierno Regionales se realicen mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y, se publicará en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante Acuerdo Regional N° 005-2014-GRA/CR-AREQUIPA, de fecha 13.01.2014 se aprobó la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma, por la suma de S/. 3´000,000.00
para el financiamiento del proyecto "Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Carretera Ichupampa ? Lari, Provincia de Caylloma, Arequipa", siendo que el monto de inversión total del proyecto, según Resolución de la Gerencia Regional de Infraestructura N° 113-2013-GRA/GRI y Resolución de Alcaldía N° 193-2014-A-MPC-CHIVAY que aprueban el Expediente Técnico, es de S/. 6´542,370.30; por lo que, mediante Convenio N° 016-2014-GRA/PR se convino hacer la transferencias en dos momentos, los cuales fueron cumplidos, quedando pendiente el desembolso del otro 50%, del proyecto integral por lo que la municipalidad solicitó dicha transferencia para la culminación de la obra;
Que, el Órgano Ejecutivo Regional mediante Oficio N° 1700-2015-GRA/SG de la Secretaría General del Gobierno Regional de Arequipa, hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma; asimismo, se adjuntó el informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, dependencia de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, Informe N° 318-2015-GRA/ORPPOT-OPT, mediante el cual informa favorablemente que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera;
Que, sin embargo, mediante Informe N° 026-2015-GRA-ORA-OC-LFM de la Oficina de Contabilidad informa que la Municipalidad Provincial de Caylloma debe cumplir con informar al Gobierno Regional de Arequipa por los gastos pendientes por el monto de S/. 1´499,430.03; por lo que, mediante Oficio N° 045-2015-GRA/CR-CPPOT
se observó lo indicado por la oficina de contabilidad devolviéndose a la Gerencia General Regional para el trámite correspondiente;
Que, en ese sentido, mediante Oficio N° 313-2015-GRA/GGR de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Arequipa, hace llegar nuevamente al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma; adjuntando el informe favorable de la Gerencia Regional de Infraestructura, Informe N° 765-2015-GRA/GRI, mediante el cual precisa que la Municipalidad Provincial de Caylloma ha cumplido con la rendición de los desembolsos efectuados por el GRA; asimismo, mediante informe N° 790-2015-GRA/ GRI se recomienda se tramite la transferencia que ha solicitado la Municipalidad Provincial de Caylloma para el presente año;
Que, mediante Oficio N° 318-2015-GRA/ORPPOT-OPT la Oficina de Presupuesto y Tributación informa favorablemente que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera, siendo los componentes:
Componentes de la Transferencia Financiera Transfiere Gobierno Regional Arequipa (GRA)
A favor de Municipalidad Provincial de Caylloma Monto S/. 1´500,000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 nuevos soles)
Fte. Fto.
Recursos Ordinarios Ejercicio Fiscal 2015
Finalidad Financiamiento de PIP
PIP
"Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Carretera Ichupampa ? Lari, Provincia de Caylloma, Arequipa"
Código SNIP
128561
Código SIAF
-------Que, asimismo, mediante Informe N° 182-2015-GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial informa que la Oficina de Presupuesto y Tributación ha emitido un informe favorable de disponibilidad presupuestal; además adjunta el Memorándum N° 559-2015-GRA/GGR de la Gerencia General Regional, mediante el cual se solicita la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma por un monto de S/. 1´500.000.00
Nuevos Soles;
Que, estando (i) a la solicitud de autorización de transferencia financiera para el financiamiento de proyectos de inversión pública, (ii) a la verificación del informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, y (iii) siendo que corresponde al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 30281 / Ley del Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2015, la Ley N° 27783 / Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010 ? AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154
? AREQUIPA;
SE ACUERDA:
Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma de la Región Arequipa, por el monto de S/. 1´500,000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 nuevos soles) como aporte del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de la obra denominada: "Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Carretera Ichupampa ? Lari, Provincia de Caylloma, Arequipa".
Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional que de manera previa a la ejecución de la transferencia financiera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Provincial de Caylloma, el mismo que deberá ser remitido en copia al Consejo Regional en el término de cinco (05), a partir de su suscripción.
Tercero.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identificado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley
N° 30281.
Cuarto.- El monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de la obra mencionada en el artículo primero, recaerá en el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Infraestructura.
Quinto.- La fiscalización se efectuará a través del Consejo Regional de Arequipa, por lo que dicha fiscalización deberá ser consignada en el respectivo convenio.
Sexto.- La Municipalidad Provincial de Caylloma deberá cumplir con la obligación de colocar en el respectivo Cartel de Obra, el monto de la presente transferencia precisando la Fuente de Financiamiento y consignando al Gobierno Regional de Arequipa como aportante.
Séptimo.- REQUERIR a la Gerencia Regional de Infraestructura eleve al Consejo Regional en el término de cinco (05) días un informe técnico debidamente sustentado pronunciándose sobre si se otorga o no conformidad a las rendiciones efectuadas por la Municipalidad Provincial de Caylloma.
Octavo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a la Ley N° 30281
/ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase.
MAURICIO CHANG OBEZO
Presidente del Consejo Regional
Gobiernos Regionales, Gobierno Regional de Arequipa
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