6/11/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000179-2015-J/ONPE Fijan fechas de presentación, por las Organizaciones

Fijan fechas de presentación, por las Organizaciones Políticas, de la Información Financiera Anual correspondiente al ejercicio anual 2014 y de la Información Financiera Semestral de las aportaciones privadas efectuadas en el ejercicio anual 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000179-2015-J/ONPE Lima, 9 de junio de 2015 VISTOS: el Memorando N° 000414-2015-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, así como el Informe N° 000261-2015-GAJ/ONPE; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales
Fijan fechas de presentación, por las Organizaciones Políticas, de la Información Financiera Anual correspondiente al ejercicio anual 2014 y de la Información Financiera Semestral de las aportaciones privadas efectuadas en el ejercicio anual 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000179-2015-J/ONPE
Lima, 9 de junio de 2015
VISTOS: el Memorando N° 000414-2015-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, así como el Informe N° 000261-2015-GAJ/ONPE; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
es un organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y financiera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo;

Que, el segundo párrafo del artículo 34° de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos, precisa que la verificación y control externos de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, los movimientos de alcance regional o departamental y las organizaciones políticas de alcance provincial y distrital corresponden exclusivamente a la ONPE, a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios;

Que, el tercer párrafo del precitado artículo 34°, establece que los partidos políticos, los movimientos de alcance regional o departamental y las organizaciones políticas de alcance provincial y distrital presentan ante la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, en el plazo de seis (6) meses contados a partir del cierre de cada ejercicio anual, un informe financiero. Asimismo, dicha Gerencia puede requerir a las Organizaciones Políticas mencionadas, en el plazo que les indique, la presentación de la relación de aportaciones a que se refiere el artículo 30° de la Ley de Partidos Políticos, que contiene el importe de cada una de ellas y, en su caso, los nombres y direcciones de las personas que las han realizado;

Que, el artículo 67° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado con Resolución Jefatural N° 060-2005-J/ONPE y sus modificatorias, establece el contenido de la información financiera anual, además de consignar que esta se presenta el último día útil del mes de junio de cada año;

Que, el artículo 70° del citado Reglamento, dispone que las organizaciones políticas presentan a la Gerencia antes mencionada, con una periodicidad semestral, una relación de los ingresos que reciban de las fuentes privadas permitidas por la Ley durante el mismo período y de acuerdo a los formatos aprobados por la Gerencia, los cuales se encuentran publicados en la página web institucional;

Que, el literal b) del artículo 78° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, señala como una de las funciones de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios efectuar las acciones de verificación y control externos de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas dentro de los lineamientos contenidos en la Ley de Partidos Políticos, solicitando y recabando la información financiera respecto de sus aportaciones recibidas y sus gastos incurridos en los plazos establecidos en la ley;

Que, en ese contexto, resulta necesario fijar las fechas de presentación de la información financiera anual 2014
y de la información financiera semestral de aportaciones privadas del ejercicio anual 2015, que efectuarán las Organizaciones Políticas de acuerdo a la normativa vigente;

De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 5° y el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en el literal r) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y modificado por las Resoluciones Jefaturales N° 216-2014-J/ONPE y N° 0122-2015-J/ONPE;

Con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Fijar la fecha de presentación de la Información Financiera Anual correspondiente al ejercicio anual 2014, por las Organizaciones Políticas, la misma que comprende: el Balance General con el detalle de la composición de cada una de sus cuentas; el Estado de ingresos y egresos, diferenciando las fuentes de financiamiento privadas y públicas;

Notas a los estados financieros e Información complementaria a los estados financieros:

CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LA
INFORMACIÓN FINANCIERA ANUAL (IFA) 2014
NÚMERO DE
ENTREGA
PERÍODO QUE
COMPRENDE LA IFA
2014
ÚLTIMO DÍA DE
PRESENTACIÓN DE LA
IFA 2014
Única Entrega Del 01 de enero 2014 al 31 de diciembre 2014
30 de junio 2015
Artículo Segundo.- Fijar las fechas de presentación de la Información Financiera Semestral de las aportaciones privadas efectuadas en el ejercicio anual 2015, por las Organizaciones Políticas, la misma que comprende el detalle de Aportaciones / Ingresos Privados en Efectivo y en Especie recibidos por la organización política durante el primer y segundo semestre de 2015:

CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN SEMESTRAL
DE APORTACIONES PRIVADAS DEL AÑO 2015
INFORME
SEMESTRAL
PERIODO QUE
COMPRENDE EL
INFORME SEMESTRAL
ÚLTIMO DÍA DE
PRESENTACIÓN
DEL INFORME
SEMESTRAL
SEGÚN PERIODO
Primer informe semestral de aportaciones privadas Del 01 de enero al 30 de junio 2015
16 de julio 2015
Segundo informe semestral de aportaciones privadas Del 01 de julio al 31 de diciembre 2015
15 de enero 2016
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales
Organos Autonomos, Oficina Nacional de Procesos Electorales

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