6/12/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2015-TR Disponen la prepublicación del "Proyecto de decreto supremo

Disponen la prepublicación del "Proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27979, Ley que establece un régimen remunerativo semanal de carácter cancelatorio para los trabajadores de la industria pesquera del consumo humano directo" en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2015-TR Lima, 10 de junio de 2015 VISTOS: El Oficio N° 660-2015-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe N° 794-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Disponen la prepublicación del "Proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27979, Ley que establece un régimen remunerativo semanal de carácter cancelatorio para los trabajadores de la industria pesquera del consumo humano directo" en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2015-TR
Lima, 10 de junio de 2015
VISTOS: El Oficio N° 660-2015-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe N° 794-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 27979 se establece un régimen remunerativo semanal de carácter cancelatorio para los trabajadores de la industria pesquera del consumo humano directo, aplicable a los trabajadores de dicho sector que realizan servicios de naturaleza indeterminada, discontinua y atípica en las plantas conserveras, congeladoras, frescorefrigeradas y curadoras de pescado;

Que, el artículo 7 de la referida ley establece que el Poder Ejecutivo aprobará el reglamento correspondiente;
para tal efecto, los representantes de los trabajadores y empleadores podrán formular las sugerencias que estimen convenientes;

Que, el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; dispone que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, se recibió la opinión técnica del Ministerio de la Producción respecto al proyecto normativo elaborado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la que fue considerada por las áreas técnicas y jurídicas de este último ministerio para la elaboración de la versión final de dicho proyecto;

Que, conforme a lo señalado en las normas anteriormente glosadas, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el documento denominado "Proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27979, Ley que establece un régimen remunerativo semanal de carácter cancelatorio para los trabajadores de la industria pesquera del consumo humano directo" con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 1 1 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d)
del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la pre publicación del documento denominado "Proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27979, Ley que establece un régimen remunerativo semanal de carácter cancelatorio para los trabajadores de la industria pesquera del consumo humano directo" en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (http://www.trabajo.gob.
pe) a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones; de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Disponer que a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones, éstas se remitan a los correos electrónicos siguientes: cfiores@
trabajo.gob.pe o mpinedo@trabajo.gob.pe.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Trabajo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo

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