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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208 -2015-EF/50 Aprueban los Índices de Distribución por la creación del
6/23/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208 -2015-EF/50 Aprueban los Índices de Distribución por la creación del
Aprueban los Índices de Distribución por la creación del distrito de Pucacolpa en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208 -2015-EF/50 Lima, 22 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 073-2015-EF/50 se aprobaron los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN para el año fiscal 2015, conforme al Anexo que forma parte de la referida Resolución Ministerial; Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30320 se creó, en
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208 -2015-EF/50
Lima, 22 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 073-2015-EF/50 se aprobaron los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN para el año fiscal 2015, conforme al Anexo que forma parte de la referida Resolución Ministerial;
Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30320 se creó, en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, el distrito de Pucacolpa, cuya capital es Huallhua;
Que, la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar los recursos del Fondo de Compensación Municipal -FONCOMUN a los nuevos distritos creados, estableciendo que dicha reasignación implica la modificación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante;
Que, el Reglamento de la Ley N° 27555, que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2002-EF, dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos y para los distritos de origen serán aprobados mediante resolución ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información que proporcione el Instituto Nacional de Estadística e Informática ? INEI y otras dependencias responsables;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los índices de distribución del FONCOMUN son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de dicho Ministerio, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante Oficio N° 667-2015-INEI/DTDIS, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la modificación de los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal ? FONCOMUN del año fiscal de las provincias de Huanta y Tayacaja de los departamentos de Ayacucho y Huancavelica, respectivamente, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 073-2015-EF/50;
Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar los Índices de Distribución del FONCOMUN de las provincias de Huanta y Tayacaja de los departamentos de Ayacucho y Huancavelica correspondientes al Año Fiscal 2015;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27555, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2002-EF; la Ley N° 30320; y el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN, correspondiente al Año Fiscal 2015, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 073-2015-EF/50, a fin de incorporar en la distribución de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, al distrito de Pucacolpa, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONCO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL
AÑOS FISCAL 2015
UBIGUEO
Departa-mento Provincia Distrito
SERIE A (INDICES NUEVOS)
RECAUDACIÓN < 361 MILLONES
SERIE B (INDICES NUEVOS)
RECAUDACIÓN 361 y < 401 S/. MILLONES
SERIE C (INDICES NUEVOS)
RECAUDACIÓN 401 S/. MILLONES
Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total 050401 AYACUCHO HUANTA HUANTA 0.0011842612 0.0011985725 0.0023828337 0.0011856883 0.0012038507 0.0023895390 0.0011862397 0.0012088534 0.0023950931
050402AYACUCHOHUANTAAYAHUANCO 0.00029697960.0002969796 0.00029903780.0002990378 0.00030046550.0003004655
050403 AYACUCHO HUANTA
HUAMAN-GUILLA
0.00026028190.0002602819 0.00026222890.0002622289 0.00026351920.0002635192
050404AYACUCHOHUANTAIGUAIN 0.00019037030.0001903703 0.00019178720.0001917872 0.00019268590.0001926859
050405AYACUCHOHUANTALURICOCHA 0.00026130630.0002613063 0.00026248940.0002624894 0.00026347080.0002634708
050406AYACUCHOHUANTASANTILLANA 0.00040136310.0004013631 0.00040426270.0004042627 0.00040629540.0004062954
050407AYACUCHOHUANTASIVIA 0.00066245330.0006624533 0.00066956610.0006695661 0.00067397210.0006739721
050408AYACUCHOHUANTALLOCHEGUA 0.00047609210.0004760921 0.00047887760.0004788776 0.00048105130.0004810513
050409AYACUCHOHUANTACANAYRE 0.00015259520.0001525952 0.00015387890.0001538789 0.00015462860.0001546286
050410AYACUCHOHUANTAUCHURACCAY 0.00028269770.0002826977 0.00028686970.0002868697 0.00028912360.0002891236
050411AYACUCHOHUANTAPUCACOLPA 0.00043151210.0004315121 0.00043898790.0004389879 0.00044296250.0004429625
090701 HUANCAVELICA TAYACAJA PAMPAS 0.0013055906 0.0004077431 0.0017133337 0.0013065804 0.0004093402 0.0017159206 0.0013070065 0.0004108443 0.0017178509
090702HUANCAVELICATAYACAJAACOSTAMBO 0.00021193180.0002119318 0.00021256480.0002125648 0.00021319100.0002131910
090703HUANCAVELICATAYACAJAACRAQUIA 0.00024950530.0002495053 0.00025088730.0002508873 0.00025191180.0002519118
090704HUANCAVELICATAYACAJAAHUAYCHA 0.00026878980.0002687898 0.00027002150.0002700215 0.00027103250.0002710325
090705HUANCAVELICATAYACAJACOLCABAMBA 0.00082774050.0008277405 0.00074496640.0007449664 0.00067724220.0006772422
090706 HUANCAVELICA TAYACAJA
DANIEL
HERNANDEZ
0.00041355070.0004135507 0.00041612410.0004161241 0.00041804050.0004180405
090707HUANCAVELICATAYACAJAHUACHOCOLPA 0.00029747220.0002974722 0.00030091910.0003009191 0.00030290400.0003029040
090709HUANCAVELICATAYACAJAHUARIBAMBA 0.00036612140.0003661214 0.00036837490.0003683749 0.00037004350.0003700435
090710 HUANCAVELICA TAYACAJA
ÑAHUIMPU-QUIO
0.00009054210.0000905421 0.00009040660.0000904066 0.00009041880.0000904188
090711HUANCAVELICATAYACAJAPAZOS 0.00033437410.0003343741 0.00033591460.0003359146 0.00033721390.0003372139
090713HUANCAVELICATAYACAJAQUISHUAR 0.00008414640.0000841464 0.00007573180.0000757318 0.00006884710.0000688471
090714HUANCAVELICATAYACAJASALCABAMBA 0.00025551850.0002555185 0.00025657730.0002565773 0.00025748500.0002574850
090715HUANCAVELICATAYACAJASALCAHUASI 0.00017977570.0001797757 0.00018035260.0001803526 0.00018087630.0001808763
Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de mayo de 2015
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 209-2015-EF/50
Lima, 22 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, modificada por las Leyes N°s 28323 y 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 28258, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 28258, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera;
Que, el numeral 16.5 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2004-EF y normas modificatorias, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI
mediante los Oficios N°s 038, 089, 469 y 667-2015-INEI/ DTDIS; por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el Oficio N° 37-2015-SUNAT/5A0000; y el Ministerio de Educación -MINEDU, mediante el Oficio N° 050-2015-MINEDU/VMGP-DIGESUTP, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera del mes de mayo de 2015;
Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de mayo de 2015;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258
- Ley de Regalía Minera y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, el Decreto Supremo N° 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de mayo de 2015, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales beneficiados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de mayo de 2015
consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT y el Ministerio de Educación - MINEDU, según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 157-2004-EF y normas modificatorias.
Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN
REGALÍA MINERA
MAYO DE 2015
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD),
GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES
ÍNDICE
TOTAL
0.9998568932
{E}GOBIERNOS LOCALES
AMAZONAS
CHACHAPOYAS
CHACHAPOYAS 0.0000000136
ASUNCION 0.0000000004
BALSAS 0.0000000397
CHETO 0.0000000008
CHILIQUIN 0.0000000009
UBIGUEO
Departa-mento Provincia Distrito
SERIE A (INDICES NUEVOS)
RECAUDACIÓN < 361 MILLONES
SERIE B (INDICES NUEVOS)
RECAUDACIÓN 361 y < 401 S/. MILLONES
SERIE C (INDICES NUEVOS)
RECAUDACIÓN 401 S/. MILLONES
Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total 090716 HUANCAVELICA TAYACAJA
SAN MARCOS
DE ROCCHAC
0.00016630680.0001663068 0.00016714510.0001671451 0.00016774200.0001677420
090717HUANCAVELICATAYACAJASURCUBAMBA 0.00026692980.0002669298 0.00026853720.0002685372 0.00026969670.0002696967
090718HUANCAVELICATAYACAJATINTAY PUNCU 0.00061639100.0006163910 0.00062639410.0006263941 0.00063184120.0006318412
090719HUANCAVELICATAYACAJAQUICHUAS 0.00020576060.0002057606 0.00020813120.0002081312 0.00020945030.0002094503
090720 HUANCAVELICA TAYACAJA ANDAYMARCA 0.0001323558 0.0001323558 0.0001331297 0.0001331297 0.0001336163 0.0001336163
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
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- noviembre 2015 (67)
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- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
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- junio 2014 (431)
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