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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2015-MEM/DM Autorizan Transferencia Financiera a favor de PETROPERU
6/12/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2015-MEM/DM Autorizan Transferencia Financiera a favor de PETROPERU
Autorizan Transferencia Financiera a favor de PETROPERU S.A. con el objeto de cubrir gastos de remediación ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2015-MEM/DM Lima, 10 de junio de 2015 CONSIDERANDO Que, mediante Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú ? PETROPERU S.A., se declaró de interés nacional el fortalecimiento y modernización de la referida Empresa, y en su artículo 6 se dispone que
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2015-MEM/DM
Lima, 10 de junio de 2015
CONSIDERANDO
Que, mediante Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú ? PETROPERU S.A., se declaró de interés nacional el fortalecimiento y modernización de la referida Empresa, y en su artículo 6 se dispone que la Dirección General del Tesoro Público transferirá a PETROPERU S.A. la totalidad de recursos necesarios para cubrir los gastos de remediación ambiental de sus unidades de negocio totalmente privatizadas;
Que, mediante la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispuso que para efectos de la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 28840, el Ministerio de Energía y Minas deberá efectuar transferencias a favor de PETROPERU S.A., las mismas que deberán ser aprobadas mediante resolución Titular del Pliego, que se publicará en el diario oficial El Peruano, con cargo a su presupuesto institucional, con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental que demanden las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa, precisándose que PETROPERU S.A. deberá informar al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y financieros de la ejecución de las acciones con cargo a los recursos transferidos;
Que, asimismo la precitada norma establece que quedan suspendidas las disposiciones legales que se opongan o limiten su aplicación, incluido el artículo 73 del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
Que, mediante Cartas Nos. DESO 157-2014, DESO 829-2014 y DESO 905-2014, tramitadas bajo los Expedientes Nros. 2375114, 2453024 y 2459152, respectivamente, PETROPERU S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas una transferencia de TREINTA Y TRES MILLONES
OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL con 00/100
DÓLARES AMERICANOS (US$ 33 885 000.00) a su favor, con el objeto de atender los compromisos de remediación ambiental que demanden las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa, relacionado a: i) Recursos requeridos como reembolso correspondientes a los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 y ii)
Estimado de los recursos futuros requeridos para los años 2014, y 2016, en mérito de lo establecido en el artículo 6°de la Ley N° 28840 y de la Vigésima Sexta Disposición Complementaria de la Ley N° 30114;
Que, mediante Informe N° 187-2014-MEM/DGH de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Hidrocarburos, se reconoció a favor de PETROPERU S.A.
el monto de SETENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y UN MIL con 32/100 NUEVOS SOLES (S/. 76 631
897.32), para efectos de la referida transferencia, de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por dicha Empresa;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 562-2014-MEM/DM publicada en diario oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2014, se autorizó la transferencia financiera por la suma CUATRO MILLONES CIENTO QUINCE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO con 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 4 115 795.00), con cargo al Presupuesto del Pliego N° 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2014, a favor de PETROPERU S.A., con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental de sus unidades de negocio totalmente privatizadas y que a la fecha forman parte de recursos pendientes de desembolso que mantiene el Estado con la Empresa;
Que, mediante el Informe Técnico Legal N° 081-2015-MEM/DGH-DPTC-DNH de fecha 27 de mayo de 2015, de la Dirección General de Hidrocarburos, se determinó que el monto sustentado y reconocido a dicha fecha a favor de PETROPERU S.A., para efectos de lo dispuesto por la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, asciende a CIEN MILLONES OCHOCIENTOS
ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE con 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 811 989.00), de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por dicha Empresa mediante la Carta N° DESO 294-de fecha 21 de abril de 2015, tramitada con Expediente N° 2492769;
por lo que, teniendo en cuenta la transferencia realizada en virtud a la Resolución Ministerial N° 562-2014-MEM/ DM, el monto pendiente de transferir a la referida Empresa asciende a NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO con 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 96 696 194.00);
Que, teniendo en consideración lo establecido en la normativa legal antes mencionada, la documentación sustentatoria presentada por PETROPERU S.A., el Informe N° 099-2015-MEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2015-01845-001 emitida por la Oficina de Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de DIEZ MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000
000.00), a favor de PETROPERU S.A., con el objeto de atender los compromisos de remediación ambiental que demanden las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa;
Con la visación de la Dirección General de Hidrocarburos, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6
de la Ley N° 28840 y en la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera por la suma de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
10 000 000.00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto del Pliego N° 016 ? Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2015, a favor de la Empresa Petróleos del Perú ? PETROPERU S.A., con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa y que a la fecha forman parte de los recursos pendientes de desembolso que mantiene el Estado con la referida Empresa.
Artículo 2.- En cumplimiento de lo establecido en la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, los recursos materia de las transferencias financieras autorizadas, serán destinados exclusivamente para cubrir los gastos de remediación ambiental expuestos en el artículo precedente, quedando prohibido que la mencionada Empresa efectúe habilitaciones presupuestales con cargo a tales recursos.
Artículo 3.- La transferencia financiera a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora N° 001 ? Ministerio de Energía y Minas ? Central, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: 2 Recursos Directamente Recaudados 5 Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.4 A otras Entidades Públicas S/. 10?000,000.00
Artículo 4.- La Empresa Petróleos del Perú ?
PETROPERU S.A., informará a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, los avances físicos y financieros de la ejecución de las acciones con cargo a los recursos financieros transferidos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
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