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DECRETO SUPREMO N° 184-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
7/05/2015
DECRETO SUPREMO N° 184-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Municipalidad Distrital de Ate DECRETO SUPREMO N° 184-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N°
DECRETO SUPREMO N° 184-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 059-2010-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2013-MTC, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima ? Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que estará conformada sobre la base de seis (06) líneas, entre las cuales se encuentra la Línea 2 que conecta el Este (Ate) y el Oeste (Callao);
Que, con fecha 28 de abril de 2014 se suscribe el Contrato de Concesión del Proyecto "Línea 2 y Ramal Av.
Faucett ? Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao", el cual requiere para su implementación generar planes de desvíos en la vías urbanas de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme lo establecido en el numeral 6.74
de la Sección VI Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha del citado Contrato de Concesión;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, hasta por la suma de TRECE
MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y CUATRO Y 16/100 NUEVOS SOLES (S/.
13 214 584,16), para la ejecución de los proyectos de inversión pública: "Construcción de Infraestructura Vial en Av. La Esperanza, tramo que une ex Fundo Barbadillo con Valle del Amauta, distrito de Ate ? Lima ? Lima", con código SNIP 188320; y "Mejoramiento de las Vías San Juan, Las Praderas y Pedro Ruiz Gallo, entre las Asoc. de Prop. de Viv. Rosa Manuel y Asoc. de Viv. de los Servidores de las Fuerzas Policiales del Perú, Zona 04, Sub Zona 01, distrito de Ate - Lima-Lima", con código SNIP 211300;
Que, asimismo, en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, se establece que para tal fin, se exceptúa al pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en los artículos 76 y 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último;
Que, mediante Oficio N° 100-2015-MDA/A el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate solicita al Ministro de Transportes y Comunicaciones, el financiamiento para la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, "Construcción de infraestructura vial en Av. La Esperanza, tramo que une ex Fundo Barbadillo con valle del Amauta, distrito de Ate- Lima ? Lima, con código SNIP 188320 y "Mejoramiento de las Vías San Juan, Las Praderas y Pedro Ruiz Gallo, entre las Asoc. de Prop. de Viv. Rosa Manuel y Asoc. de Viv. de los servidores de las Fuerzas Policiales del Perú, Zona 04, Sub Zona 01, distrito de Ate- Lima-Lima", con código SNIP 211300, por un monto total de inversión de TRECE MILLONES DOSCIENTOS
CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO
Y 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 214 584,16), con la finalidad de evitar durante la construcción de la Línea 2 del Metro un colapso en el tránsito vehicular del citado distrito;
Que, a través del Memorándum N° 333-2015-MTC/33
el Director Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ? AATE, adjunta el Informe N° 38-2015-MTC/33.7 del Jefe (e) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, en el que recomienda solicitar a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestionar la emisión del Decreto Supremo orientado a formalizar la Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 30324;
Que, a través del Memorando N° 1569-2015-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 524-2015-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor del pliego 150103: Municipalidad Distrital de Ate, en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 0662-2015-MTC/04, el referido Ministerio solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 13 214 585,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012:
Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, a favor del pliego 150103:
Municipalidad Distrital de Ate, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS
CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 214 585,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del pliego 150103: Municipalidad Distrital de Ate, para financiar la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 012 : Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2115072 : Concesiones Ferroviarias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 13 214 585,00
-------------------TOTAL EGRESOS 13 214 585,00
==========
A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : I nstancias Descentralizadas PLIEGO 150103 : Municipalidad Distrital de Ate PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre PROYECTO 2158061 : Construcción de infraestructura vial en Av. La Esperanza, tramo que une ex-Fundo Barbadillo con valle del Amauta, distrito de Ate ? Lima -Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 11 107 197,00
PROYECTO 2201263 : Mejoramiento de las Vías San Juan, Las Praderas y Pedro Ruiz Gallo, entre las Asoc.
de Prop. de Viv. Rosa Manuel y Asoc. de Viv.
de los servidores de las Fuerzas Policiales del Perú, Zona 04, Sub Zona 01, distrito de Ate ? Lima ? Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 107 388,00
------------------TOTAL EGRESOS 13 214 585,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05)
días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF .
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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