7/25/2015

DECRETO SUPREMO N° 204-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO N° 204-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO N° 204-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, para realizar acciones durante el Año Fiscal 2015 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico ? científico competente;

Que, los literales c) y d) de la citada Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;

Que, el artículo 4 de la Directiva N° 002-2014-EF/63.01
"Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada mediante Resolución Directoral N° 010-2014-EF/63.01, dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Publico No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2014, así como los que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2015 y los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles en el Año Fiscal 2014
a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la misma Directiva señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente a las entidades correspondientes en un plazo máximo de diez (10) días calendario, contados desde el día siguiente de haber sido autorizada la transferencia de partidas por parte del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, según el artículo 10 de la referida Directiva N° 002-2014-EF/63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención:

Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles;

Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI
aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva, Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la Directiva en mención, señala que para el financiamiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia, el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
remite al Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Informe Sustentatorio la solicitud de crédito presupuestario, en el cual señala la relación de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, indicándose sus respectivos montos de inversión;

Que, la Directiva N° 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres", aprobada mediante Resolución Directoral N° 011-2014-EF/63.01, establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia ante la presencia de desastres que declare elegibles la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, como requisito previo a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282;

Que, el numeral 7.9 del artículo 7 de la referida Directiva en mención, señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI en un plazo máximo de cinco (05)
días calendario contados desde el día siguiente de haber recibido la declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia por parte de la Dirección General de Inversión Pública solicitará los recursos a los que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el artículo 13 de la Directiva N° 002-2014-EF/63.01, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio N° 2223-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de SEISCIENTOS
DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 619 697,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia del Gobierno Regional del Departamento de Lima, para la ejecución de un (01)
Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de la estructura de protección en 208.00 ml. Margen Derecha del Río Santa Eulalia del AAHH Julio C. Tello, Distrito de Santa Eulalia, Provincia Huarochirí, Departamento de Lima, afectada por los huaycos del 24 de marzo del 2015", el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3006-2015-EF/63.01 de fecha 10 de julio del 2015;

Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2286-2015/ INDECI/4.0, solicita la suma de OCHENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 87 418,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Indiana del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, 558163 NORMAS LEGALES
Sábado 25 de julio de 2015
El Peruano / para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Adquisición de combustible para la recuperación de los ambientes de las Instituciones Educativas de Inicial, Primaria y Secundaria respectivamente de las diferentes localidades del Distrito de Indiana, Provincia de Maynas, Región Loreto, afectada por el desborde e inundación del Río Amazonas, debido a las precipitaciones pluviales extraordinarias ocurrido el 18
de marzo del 2015, y declarado en Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo N° 028-2015-PCM, de fecha 09 de abril del presente año" y "Adquisición de combustible para la recuperación de la transitabilidad de vías urbanas de la localidad de Indiana, Distrito de Indiana, Provincia de Maynas, Región Loreto, afectada por el desborde e inundación del Río Amazonas, debido a las precipitaciones pluviales extraordinarias ocurrida el 18
de marzo del 2015, y declarado en Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo N° 028-2015-PCM, de fecha 09 de abril del presente año";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ?
INDECI, a través del Oficio N° 2308-2015/INDECI/4.0
solicita la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 279 860,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Machaguay del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación del sistema de riego del canal Carhuanza en la localidad de Machaguay, Distrito de Machaguay Provincia de Castilla -Región Arequipa, afectado por las intensas precipitaciones pluviales del 24 de marzo del 2015", el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3048-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2309-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de SEISCIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 617
696,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Pampamarca del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de la captación y línea de conducción del sistema de agua para riego de la localidad de Lancaroya, Distrito de Pampamarca, Provincia de la Unión - Región Arequipa, afectado por las intensas precipitaciones pluviales del 15 de febrero del 2015" y "Rehabilitación de la vía vecinal Cotahuasi -Pampamarca desde la progresiva 12+802 hasta 13+067
Km, en el Distrito de Pampamarca-Provincia de la Unión y Departamento Arequipa, afectado por las lluvias ocurridas el 15 de febrero del 2015" los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3048-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2310-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 294
208,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 200 Transporte Arequipa del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de cuatro (04) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de 329 ml de Dique de protección y 240 ml de la Carretera Regional AR-109, Trayectoria Emp, PE-1S (Dv. Huambo)-Huacan - Huambo, en la localidad de Quebrada de Molles, Distrito de Majes, Provincia de Caylloma y Región Arequipa, afectado por las lluvias del 16 de marzo del 2015", "Rehabilitación de 100 ml, de la Carretera Regional AR - 109, Trayectoria Emp PE-1S (Dv. Huambo) - Huacan - Huambo en la Progresiva Km 12+320, Provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa, afectado por las lluvias el 16 de marzo del 2015", "Rehabilitación de alcantarilla Km 28+540 de la Carretera Regional AR
-109, Trayectoria Emp PE-1S(Dv. Huambo) - Huacan - Huambo, Distrito de Majes, Provincia de Caylloma, Región Arequipa afectada por las lluvias del 16 de marzo del 2015" y "Rehabilitación de Alcantarilla Km 178+378
de la Carretera Regional AR -111, Trayectoria Caylloma - Sibayo, Distrito Sibayo, Provincia de Caylloma, Región Arequipa afectada por las lluvias del 20 de marzo del 2015" los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3048-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2311-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de CIENTO SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS
VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 161
723,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro -Omate del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la ejecución de tres (03) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del sistema de riego del Sector de Carabaya, Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento Moquegua, afectado por las intensas precipitaciones pluviales ocurridas el 25 de marzo 2015", "Rehabilitación del canal de riego Chichilin Bajo en el Sector de Chichilin, Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro - Región Moquegua - afectado por las intensas precipitaciones pluviales, ocurrida el 25
de marzo del 2015" y "Rehabilitación del canal de riego Banda Baja Togral, en el Sector de Moro Moro, Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento Moquegua, afectado por las intensas precipitaciones pluviales ocurridas el 26 de marzo 2015" " los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3052-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2313-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL
TRESCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 285
301,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Moquegua del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP)
de Emergencia denominado "Rehabilitación del servicio de agua para riego en Coalaque, Caiman, Sojamure, Hembruna, Torca, Challahuayo, Vinomore, Seche Libertad, Yalaque, Capilla, Talahuayo. Dist. La Capilla, Prov. Sánchez Cerro, Moquegua, afectado por huaycos del 25/Mar/2015" el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3052-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2314-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de SETECIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 710
869,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Ubinas del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la ejecución de seis (06) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del sistema de agua potable CC. San Cristóbal Torata Longitud de 1 180 ML, en el Distrito de Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro, Región Moquegua afectado por intensas precipitaciones pluviales ocurridos el 12/Feb/2015", "Rehabilitación canal de riego Pueblo Antiguo Sacohaya con una longitud de 300.00 ML, en el Anexo de Sacohaya, Distrito de Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro - Moquegua, afectado por las intensas precipitaciones pluviales 12/Feb/2015", "Rehabilitación de canal de riego Coalaque con una longitud de 168.0 ML, en el anexo de Coalaque, Distrito de Ubinas, Provincia General Sanchez Cerro, Región Moquegua, afectado por las intensas precipitaciones pluviales ocurridos el 23/Marzo/2015", "Rehabilitación de canal de riego Hospital Longitud de 60.00 ML y 03
pases aéreos tipo acueducto, en el anexo de San Miguel, Distrito de Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro -Moquegua, afectado por ingreso de huaycos ocurridos el 06/Feb/2015", "Rehabilitación de canal de riego Toma II Longitud de 200.00 ML y pase aéreo de 35.00
ML, en el Anexo de Escacha, Distrito de Ubinas Gral.

Sanchez Cerro-Moquegua afectado por las intensas precipitaciones pluviales ocurridos el 06/Feb/2015" y "Rehabilitación de canal riego Madre de Coypalaje a Poroqueña de la CC. San Cristóbal de Torata en 1 407
M Distrito de Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro, Región Moquegua afectado por deslizamiento de Talud del 12/Feb/ 2015" los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública 558164 NORMAS LEGALES
Sábado 25 de julio de 2015 / El Peruano del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3052-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2315-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS DIECIOHO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 518,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Tuti del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de la alcantarilla de trocha carrozable Cuncaycha, Layccapuquio de KM 9+001.25" el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3065-2015-EF/63.01 de fecha 14 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2316-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 922,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huaynacotas del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación del canal de riego Pomacocho de Visbe, del Distrito de Huaynacotas, Provincia de la Unión, Departamento de Arequipa afectado por intensas lluvias del 17 de marzo del 2015" el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3065-2015-EF/63.01 de fecha 14 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2317-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

45 694,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Nicolás de Piérola del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP)
de Emergencia denominado "Rehabilitación del canal Socso en una longitud de 45 m de la localidad de Socso, ubicado en el Distrito de Nicolás, Provincia de Camaná, Departamento Arequipa afectado por la entrada de huayco en la quebrada de Molles, ocurrida el día 26 de Marzo del 2015, ocasionado por las fuertes precipitaciones en la zona altoandina" el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3065-2015-EF/63.01 de fecha 14 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2318-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 82
975,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Pampacolca del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP)
de Emergencia denominado "Rehabilitación del servicio del sistema de riego Panteon - Molino - Yato del Distrito de Pampacolca, Provincia de Castilla, Región Arequipa afectado por las intensas lluvias y desborde del Río Yato el 02 de Febrero 2015" el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3055-2015-EF/63.01 de fecha 14 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2319-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 206
956,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huanca del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de la carretera anexo Murco progresiva 10+682.87 a la 10+697.87 y la progresiva 10+768.98 a la 10+808.98, afectada por torrenciales lluvias y huaycos, ocurridas el 15/02/2015, en el Distrito de Huanca, Provincia Caylloma ? Arequipa" y "Rehabilitación del canal Tocroyo Liguaya en el sector Tocroyo y Malata Distrito de Huanca Provincia de Caylloma Departamento de Arequipa, afectado por lluvias intensas e ingreso de huaycos producido el día 19 de marzo del 2015" los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3049-2015-EF/63.01 de fecha 13 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2320-2015/INDECI/4.0 solicita la suma de CIENTO VEINTITRES MIL NUEVE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 123 009,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Tapay del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP)
de Emergencia denominado "Rehabilitación del servicio del canal de riego del sector de Llajapa de longitud L=132
ML, afectado por lluvias de alta intensidad ocurrido el 17/02/2015 en el Distrito de Tapay, Provincia de Caylloma - Región Arequipa" el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 3065-2015-EF/63.01 de fecha 14 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, a través del Oficio N° 2328-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 294 219,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Frías del Gobierno Regional del Departamento de Piura, para la atención de seis (06) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo: cruce Limón (Caserío Limón) a la IEP Huanabano (Caserío Huanabano) del Distrito de Frías Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura - afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 28 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo : Frías (Pueblo de Frías) a San Jorge (Caserío de San Jorge), del Distrito Frías, Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura - afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 28 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo: Frías (Pueblo de Frías)
a la IEP Geraldo (Caserío Geraldo) del Distrito de Frías, Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura - afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 28 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo: Geraldo (Caserío Geraldo)(Caserío Geraldo), La Peñita (Caserío La Peñita) del Distrito de Frias Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura - afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 28 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo: La Puerta (Caserío Maray) y a la IEP
Florecer (Caserío Florecer) del Distrito de Frías Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura - afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 28 de marzo del 2015" y "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo : Cementerio de Frías (Pueblo de Frías a la IEP Altos de Poclus (Caserío Altos de Poclus) del Distrito de Frías Provincia de Ayabaca, Departamento de Piura - afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 28 de marzo del 2015";

Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA
Y UN MIL SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 881 065,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva N° 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" y la Directiva N° 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres";

De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva N° 002-2014-EF/63.01
"Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", la Directiva N° 003-2014-EF/63.01 "Directiva 558165 NORMAS LEGALES
Sábado 25 de julio de 2015
El Peruano / del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres", y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ? INDECI, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS
OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y CINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 3 881 065,00), a fin de atender veinticinco (25) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia y ocho (08) Actividades de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 3 881 065,00
-------------------TOTAL EGRESOS 3 881 065,00
===========
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 3 881 065,00
-------------------TOTAL EGRESOS 3 881 065,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas

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