7/03/2015

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA N° 002-2015-SUNASS-GRT Admiten a trámite solicitud

Admiten a trámite solicitud de SEDACHIMBOTE S.A. de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como su propuesta de precios de los servicios colaterales RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA N° 002-2015-SUNASS-GRT EXP.: 001-2015-SUNASS-GRT Lima, 30 de junio de 2015 VISTO: El Oficio GEGE N° 178-2015 1 de fecha 13 de mayo de 2015, mediante el cual SEDACHIMBOTE S.A 2 . solicitó la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión;
Admiten a trámite solicitud de SEDACHIMBOTE S.A. de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como su propuesta de precios de los servicios colaterales
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA N° 002-2015-SUNASS-GRT
EXP.: 001-2015-SUNASS-GRT
Lima, 30 de junio de 2015
VISTO:

El Oficio GEGE N° 178-2015
1
de fecha 13 de mayo de 2015, mediante el cual SEDACHIMBOTE S.A
2
. solicitó la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como los precios de servicios colaterales;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 del Reglamento General de Tarifas 3 (RGT) establece que la EPS
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deberá presentar a la SUNASS su solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, adjuntando el respectivo Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustente la propuesta, debiendo cumplir con los requisitos de admisibilidad y procedencia;

Que, los artículos 18 y 19 del RGT establecen los requisitos de admisibilidad y procedencia de la solicitud, así como los requisitos adicionales para la presentación del PMO;

Que, la Segunda Disposición Transitoria del RGT
establece que a partir de octubre de 2008 las EPS deberán adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta tarifaria para los servicios colaterales;

Que, con Oficio N° 072-2015-SUNASS-110 de fecha 28 de mayo de 2015, la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) solicitó a SEDACHIMBOTE S.A. levantar las observaciones realizadas al Oficio GEGE N° 178-2015;

Que, mediante Oficio GEGE N° 211-2015, SEDACHIMBOTE S.A. levantó las observaciones dentro del plazo establecido por el RGT;

Que, se verifica que la solicitud de vistos reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el RGT; por lo cual corresponde admitir a trámite dicha solicitud, siendo potestad de SEDACHIMBOTE S.A.
ejercer el derecho previsto en el artículo 22
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del RGT, 1
Recibido por la SUNASS el 18 de mayo de 2015.

2
Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey So-ciedad Anónima.

3
Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SU-NASS-CD y sus modificatorias.

4
Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento.

5
La EPS puede solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia públi-ca preliminar, con la finalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenida en su PMO. Para tal efecto, debe presentar su solicitud a la Gerencia de Regu-lación Tarifaria dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de notificada la Resolución de Admisión. Corresponde al Gerente General de la SUNASS
convocar a audiencia pública preliminar para que el Solicitante presente su PMO. Asimismo, determina las reglas para la realización de la audien-cia preliminar y la agenda contenida en el aviso de convocatoria. La pub-licación de la convocatoria debe efectuarse en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de servicios del Solicitante y en la página web de la SUNASS. Entre la publicación del aviso de convocatoria y la realización de la audiencia preliminar habrá un plazo no menor de diez (10) días calendario. La Gerencia de Usuarios es responsable de la publicación del aviso de convocatoria y la organización de la audiencia preliminar, siendo aplicable en lo que resulte pertinente, lo dispuesto en los artículos 27° y 28° del presente reglamento. El costo de la publicación del aviso de convocatoria y la realización de la audiencia preliminar es de cargo del Solicitante.
dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20
6
del Reglamento General de Tarifas;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- ADMITIR a trámite la solicitud de SEDACHIMBOTE S.A. de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como su propuesta de precios de los servicios colaterales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS VELARDE SACIO
Gerente de Regulación Tarifaria 6
La Resolución de admisión a trámite será notificada al Solicitante dentro del plazo de (05) cinco días calendario de emitida. La Gerencia de Usuarios de la SUNASS es el órgano encargado de publicar la Resolución de Admisión en el Diario Oficial el Peruano y en la página web de la SUNASS (www.
sunass.gob.pe), dentro del plazo máximo de (05) cinco días calendario de emitida.
Organismos Reguladores, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento

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