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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 117-2015-SUNAFIL Conforman el Comité de Dirección del Proceso de
7/20/2015
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 117-2015-SUNAFIL Conforman el Comité de Dirección del Proceso de
Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 117-2015-SUNAFIL Lima, 17 de julio de 2015 VISTO: El Informe N° 106-2015-SUNAFIL/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 222-2015-SUNAFIL-SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981 se creó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ? Sunafil, como organismo técnico especializado, adscrito al
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 117-2015-SUNAFIL
Lima, 17 de julio de 2015
VISTO:
El Informe N° 106-2015-SUNAFIL/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 222-2015-SUNAFIL-SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29981 se creó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ?
Sunafil, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
Que, el artículo 10 en concordancia con el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ?
Sunafil, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR
y modificado por el Decreto Supremo N° 009-2013-TR, señala que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la Sunafil, y tiene como una de sus funciones, aprobar las resoluciones en el ámbito de su competencia;
Que, la simplificación administrativa, como política nacional de obligatorio cumplimiento, es aplicable a todas las entidades que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad;
dentro de las cuales se encuentra comprendida la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-Sunafil;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se ha aprobado la Metodología de Simplificación Administrativa con la finalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de simplificación administrativa;
Que, de acuerdo con dicha metodología, se dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación y del Equipo de Mejora Continua como responsable de planificar y gestionar el proceso de simplificación administrativa al interior de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-Sunafil.
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante los informes del visto, recomiendan la conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y del Equipo de Mejora Continua;
Que, en mérito de lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo correspondiente;
Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ? Sunafil; el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado mediante Decreto Supremo N° 009-2013-TR;
557784 NORMAS LEGALES
Lunes 20 de julio de 2015 / El Peruano
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación administrativa y de supervisar y facilitar la labor del Equipo de Mejora Continua de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-Sunafil, el cual quedará integrado de la siguiente manera:
- El Secretario General, quien lo presidirá.
- El Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
- El Jefe de la Oficina General de Administración.
- El Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
Artículo 2.- Conformar el Equipo de Mejora Continua de la Sunafil, responsable de gestionar el proceso de Simplificación Administrativa según lo señalado en la Metodología de Simplificación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, el mismo que quedará conformado de la siguiente manera:
- Responsable del Equipo de Mejora Continúa: Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
- Especialista en procesos: Profesional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
- Especialista en Costos: Profesional de la Oficina General de Administración.
- Especialista Legal: Profesional de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
- Especialista en Sistemas: Profesional de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Artículo 3.- El Equipo de Mejora Continua de la Sunafil realizará las actividades señaladas en la Metodología de Simplificación Administrativa, pudiendo incorporar de manera temporal a los responsables del proceso que pueden ser una o más personas de los diferentes órganos de la entidad. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias de la entidad deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que este requiera para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a los miembros integrantes del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa, y del Equipo de Mejora Continua, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente resolución.
Artículo 5.- Publicar en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (www.sunafil.gob.pe), la presente resolución, así como los documentos e informes que elaboren el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA
Superintendente (e) Nacional de Fiscalización Laboral
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral
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