Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA Amplían efectos de la Primera Convocatoria del Programa
7/22/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA Amplían efectos de la Primera Convocatoria del Programa
Amplían efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 efectuada mediante R.M. N° 016-2015-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que se otorga en los ámbitos urbano y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitución por parte
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA
Lima, 20 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que se otorga en los ámbitos urbano y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitución por parte de éstos y, que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con sus posibilidades económicas; así como, de estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social;
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 del Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado por Resolución Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA, dispone que los Grupos Familiares postularán al Bono Familiar Habitacional - BFH previo proceso de Convocatoria publicado mediante Resolución Ministerial del MVCS;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA, se convoca a la población, a nivel nacional, a participar en la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio, para el otorgamiento de hasta 20,000 BFHs, disponiéndose la apertura de los Registros del Programa Techo Propio en la citada modalidad, hasta la asignación de la totalidad de los BFHs ofertados;
Que, de acuerdo al Informe N° 142-2015/VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, de fecha 08 de julio de 2015, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustenta la necesidad de ampliar los efectos de la referida Convocatoria, debido a la gran aceptación de la población, por lo que propone otorgar adicionalmente hasta 20, 000 BFHs;
Que, en tal sentido, corresponde ampliar los efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Resolución Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Ampliación de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA
1.1 Amplíase los efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 efectuada mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA, para el otorgamiento de hasta 20,000 Bonos Familiares Habitacionales adicionales, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio.
1.2 Los Registros del Programa Techo Propio, permanecerán abiertos hasta cuando se haya asignado la totalidad de los BFHs de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 y la presente ampliatoria. Para tales efectos, se exceptúa el cumplimiento de los plazos que establecen el numeral 20.1 del artículo 20, los numerales 21.1 y 21.3 del artículo 21, los numerales 22.2 al 22.6 del artículo 22, los numerales 34.1 y 34.2 del artículo 34 y el numeral 37.1
del artículo 37 del Reglamento para acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda aprobado por Resolución Ministerial N° 102
2012-VIVIENDA.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.- Determínase, que a la ampliación que se aprueba en el artículo único por la presente Resolución, le serán aplicables las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA, en lo que resulte aplicable.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)