8/28/2015

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 036-2015-OEFA/CD Determinan que el OEFA asume las funciones de

Determinan que el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 036-2015-OEFA/CD Lima, 26 de agosto de 2015 VISTOS: El Informe Nº 009-2015-OEFA/CTS de la Presidencia de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión,
Determinan que el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 036-2015-OEFA/CD
Lima, 26 de agosto de 2015
VISTOS:

El Informe Nº 009-2015-OEFA/CTS de la Presidencia de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental de los Subsectores Industria y Pesquería del Ministerio de la Producción - PRODUCE
al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el Informe Nº 331-2015-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 166-2015-OEFA/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 010-2012-OEFA-CD, publicada el 7 de diciembre del 2012, se dispuso el inicio del proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, precisando que este debe realizarse de manera progresiva conforme al cronograma que se apruebe para tal efecto;

Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2015-OEFA/CD, publicada el 1 de julio del 2015, el Consejo Directivo del OEFA aprobó el segundo cronograma de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del PRODUCE al OEFA, el cual prioriza las actividades de petroquímica, biocombustibles y fabricación de metales y productos minerales no metálicos;

Que, el Artículo 1º de la mencionada Resolución de Consejo Directivo establece que las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final serán transferidas entre el 10 y 28 de agosto del 2015;

Que, mediante el Informe Nº 009-2015-OEFA/CTS del 18 de agosto del 2015, la Presidencia de la Comisión de Transferencia de Funciones PRODUCE - OEFA comunicó a la Secretaría General del OEFA, que se ha cumplido con recibir el acervo documentario correspondiente a las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final;

Que, teniendo en cuenta que ha concluido la transferencia del acervo documentario de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante)
y petroquímica intermedia y final, corresponde al OEFA
establecer la fecha a partir de la cual asumirá competencia para ejercer la fiscalización ambiental respecto de dichas actividades;

Que, en atención a ello, mediante Acuerdo Nº 038-2015 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 027-2015 del 26 de agosto del 2015, el Consejo Directivo acordó establecer que a partir del 28 de agosto del 2015, el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su publicación inmediata;

Con los visados de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión, la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8º y Literal n) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Determinar que a partir del 28 de agosto del 2015, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).

Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General que solicite al Ministerio de la Producción - PRODUCE y al Ministerio del Ambiente - MINAM la publicación de la presente Resolución en sus respectivos portales institucionales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.