8/28/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 099-2015-COSUSINEACE/CDAH-P Modifican la Res. N° 035-2015-SINEACE/P,

Modifican la Res. Nº 035-2015-SINEACE/P, sobre acreditación de diversas carreras profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 099-2015-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 26 de agosto de 2015 VISTOS: El informe Nº 044-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, del 04 de agosto 2015, emitido por la Directora de Evaluación y Acreditación de IEES SINEACE y el Informe Nº 183-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES/E, del 31 de julio 2015, emitido por el Especialista
Modifican la Res. Nº 035-2015-SINEACE/P, sobre acreditación de diversas carreras profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 099-2015-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 26 de agosto de 2015
VISTOS:

El informe Nº 044-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, del 04 de agosto 2015, emitido por la Directora de Evaluación y Acreditación de IEES SINEACE y el Informe Nº 183-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES/E, del 31 de julio 2015, emitido por el Especialista de Evaluación y Acreditación de la IEES SINEACE;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 035-2015-COSUSINEACE/ CDAH/P, de fecha 20 de febrero 2015, se oficializaron los acuerdos Nº 052-2015-CDAH, Nº 053-2015-CDAH
y Nº 054-2015-CDAH, del Consejo Directivo Ad Hoc mediante los cuales en sesión del 18 de febrero 2015, se otorgó la acreditación a las carreras profesionales de Marketing, Administración de Negocios Internacionales y Contabilidad respectivamente, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE, sede Santa Beatriz;

Que, mediante los documentos de vistos, se hace de conocimiento que en el caso de la carrera profesional de Contabilidad, se ha incurrido en error material al haberse consignado como sede Santa Beatriz, debiendo ser sede Lima, hecho que en efecto se corrobora del texto del Informe de Autoevaluación de Aseguramiento de la Calidad emitido por el Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE que se adjunta al Oficio Nº 1510-2014/DIEST "SISE";

Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, señalándose asimismo que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, atendiendo a lo antes expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo mediante el cual se rectifique el error material antes indicado, modificando el artículo primero de la Resolución de Presidencia Nº 035-2015-SINEACE/P, de fecha 20 de febrero 2015;

Contando con el visto bueno de la Secretaría Técnica y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con la Ley Nº 28740 - Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 30220, Ley Universitaria y Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº 269-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Nº035-2015-SINEACE/P, de fecha 20 de febrero 2015, quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º.- Oficializar los acuerdos Nº 052-2015-CDAH, Nº 053-2015-CDAH y Nº 054-2015-CDAH, 560180 NORMAS LEGALES
Viernes 28 de agosto de 2015 / El Peruano mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc en sesión del 18 de febrero 2015, otorgó la acreditación a las carreras profesionales de Marketing, Administración de Negocios Internacionales, Sede Santa Beatriz; y, la carrera profesional de Contabilidad, Sede Lima, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE, con una vigencia de tres (03)
años, contados a partir de la publicación de la presente resolución."
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE

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