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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 110-2015-CONCYTEC-P Autorizan transferencias financieras y

Autorizan transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones, a favor de entidades públicas y personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 110-2015-CONCYTEC-P Lima, 27 de agosto de 2015 VISTOS: Los Informes Técnico Legal Nº 014 y Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, los Oficios Nº
Autorizan transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones, a favor de entidades públicas y personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 110-2015-CONCYTEC-P
Lima, 27 de agosto de 2015
VISTOS: Los Informes Técnico Legal Nº 014 y Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, los Oficios Nº 289
y Nº 261-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva (e) del FONDECYT, el Informe Nº 224-2015-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC y el Informe Nº 215-2015-CONCYTEC-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos Nº 058 -2011-PCM y Nº 067-2012-PCM;

560178 NORMAS LEGALES
Viernes 28 de agosto de 2015 / El Peruano Que, a través de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificada por la Ley Nº 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera;

Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015;

Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nº 064-2015-CONCYTEC-P y Nº 091-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", cuya finalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final;

Que, mediante Oficio Nº 261-2015-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras por la suma de Un Millón Doscientos Ocho Mil Doscientos Sesenta y Cuatro y 50/100 Nuevos Soles (S/. 1'208,264.50), y el otorgamiento de subvención a favor de personas jurídicas privadas por la suma de Quinientos Veintiún Mil Setecientos Noventa y Cuatro y 43/100 Nuevos Soles (S/. 521,794.43), por un monto total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100
Nuevos Soles (S/. 1'730,058.93), a los ganadores del Concurso "Proyectos de Investigación Aplicada e Investigación Básica", realizado por el FYNCyT, declarados mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 120-2014-FONDECYT-DE, del 9 de diciembre el 2014;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, que determina la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones para los ganadores del Concurso "Proyectos de Investigación Aplicada e Investigación Básica" por un monto total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93 Nuevos Soles (S/. 1'730,058.93), de los cuales la suma de Un Millón Doscientos Ocho Mil Doscientos Sesenta y Cuatro y 50/100 Nuevos Soles (S/. 1'208,264.50), corresponde a las trasferencias financieras que se efectuarán a favor de la Universidad Nacional de Tumbes (S/.

139,162.00), el Instituto Nacional de Innovación Agraria (S/. 152.590.00), la Universidad Nacional de Trujillo (S/. 87,361.00), la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (S/. 247,010.20) ganador por dos proyectos, el Instituto Geofísico del Perú (S/. 44,167.10), el Instituto Tecnológico de la Producción (S/. 101,393.50), la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/. 237,830.70)
ganador por dos proyectos, y la Universidad Nacional de San Agustín (S/. 198,750.00); y la suma de Quinientos Veintiún Mil Setecientos Noventa y Cuatro y 43/100
Nuevos Soles (S/. 521,794.43), correspondiente al otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas que se efectuarán a favor de la Universidad de San Martín de Porres (S/. 156,217.46) ganador por dos proyectos, la Universidad de Lima (S/. 4,680.00), la Universidad Científica del Sur S.A.C (S/. 128,379.37), la Universidad de Piura (S/. 134.171.00) y la Universidad Católica San Pablo (S/. 98,346.60). Asimismo, el Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES adjunta la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000064, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 120-FONDECYT-DE por la cual se declara a los ganadores del Concurso "Proyectos de Investigación Aplicada e Investigación Básica" y copias de los Convenios de Adjudicación Nº 075, Nº076,
Nº 080, Nº 089, Nº 091, Nº 092, Nº 093, Nº 094, Nº 096, Nº 097, Nº 098, Nº 099, Nº 103, Nº 105, Nº 106 y Nº 109-2014-FONDECYT-DE, así como de sus Primeras Adendas;

Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 014-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES (ampliatorio del Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES) los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, señalan que han revisado los Convenios de Adjudicación
Nº 075, Nº076, Nº 080, Nº 089, Nº 091, Nº 092, Nº 093,
Nº 094, Nº 096, Nº 097, Nº 098, Nº 099, Nº 103, Nº 105, Nº 106 y Nº 109-2014-FONDECYT-DE, sus Anexos y sus respectivas Adendas, ratificando que en la fecha corresponde aprobar transferencias financieras y otorgar subvenciones a las instituciones señaladas en el cuadro indicado en las conclusiones del Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, por los montos indicados en el referido cuadro;

Que, mediante Informe Nº 224-2015-CONCYTEC-OGPP , el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que se ha verificado lo informado por la Unidad Ejecutora FONDECYT, concluyendo que las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, solicitadas por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100
Nuevos Soles (S/. 1'730,058.93);

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000064 de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, se financiará el Esquema Financiero 005: "Proyectos de Investigación con FINCyT";

Que, con el Informe Nº 215-2015-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES emitido por el FONDECYT, y en el informe presupuestal de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Literal a.1) del Numeral 4.2 de la Directiva
Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP;

Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar las transferencias financieras y los otorgamientos de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, hasta por la suma total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100
Nuevos Soles (S/. 1'730,058.93);

Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización 560179 NORMAS LEGALES
Viernes 28 de agosto de 2015
El Peruano / y Funciones del CONCYTEC, y en la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC -OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada por Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nº 064-2015-CONCYTEC-P
y Nº 091-2015-CONCYTEC-P;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma de Un millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100 Nuevos Soles (S/. 1'730,058.93), en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, conforme al detalle siguiente:

Nº Tipo de cofinan-ciamiento Institución Monto aproba-do S/. (Nuevos Soles)
Monto Total S/. (Nuevos Soles)
1
Transferencia financiera (entidades públicas)
Universidad Nacion-al de Tumbes 139,162.00
1'208,264.50
Instituto Nacional de Innovación Agraria 152,590.00
Universidad Nacion-al de Trujillo 87,361.00
Universidad Nacio-nal Mayor de San Marcos 247,010.20
Instituto Geofísico del Perú 44,167.10
Instituto Tecnológico de la Producción 101,393.50
Universidad Nacional Agraria La Molina 237,830.70
Universidad Nacion-al de San Agustín 198,750.00
2
Subvención (personas jurídicas privadas)
Universidad de San Martín de Porres 156,217.46
521,794.43
Universidad de Lima 4,680.00
Universidad Científi-ca del Sur S.A.C.

128,379.37
Universidad de Piura 134,171.00
Universidad Católi-ca San Pablo 98,346.60
Monto Total S/.

1'730,058.93
Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA
Presidente

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