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RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 124-2015-MP-FN-JFS Crean Despachos Fiscales en los
8/21/2015
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 124-2015-MP-FN-JFS Crean Despachos Fiscales en los
Crean Despachos Fiscales en los Distritos Fiscales del Callao, Cusco, Puno y Tacna RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 124-2015-MP-FN-JFS Lima, 19 de agosto de 2015 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30077, publicada el 20 de agosto de 2013, en el Diario Oficial "El Peruano", se promulgó la Ley Contra el Crimen Organizado, la cual en el numeral 3 del artículo 3º, señala que es aplicable, entre otros, para el delito de trata de personas, el mismo que se encuentra tipificado en el artículo
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 124-2015-MP-FN-JFS
Lima, 19 de agosto de 2015
VISTOS y CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30077, publicada el 20 de agosto de 2013, en el Diario Oficial "El Peruano", se promulgó la Ley Contra el Crimen Organizado, la cual en el numeral 3 del artículo 3º, señala que es aplicable, entre otros, para el delito de trata de personas, el mismo que se encuentra tipificado en el artículo 153º del Código Penal;
Que, debido a la alta incidencia del ilícito penal antes mencionado, en los Distritos Fiscales de Tumbes, Madre de Dios, Loreto y Lima, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 096-2014-MP-FN-JFS, de fecha 31 de octubre del 2014, se crearon las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Trata de Personas de Tumbes, Madre de Dios, Iquitos y Lima, respectivamente. Asimismo, a la fecha, han aumentado las denuncias en los Distritos Fiscales de Callao, Cusco, Puno y Tacna; por lo que resulta necesaria la creación de Fiscalías Especializadas de la misma materia;
Mediante Acuerdo Nº 3924, de fecha 06 de agosto del 2015 la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Ordinaria, acordó por unanimidad crear las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Trata de Personas en los Distritos Fiscales de Callao, Cusco, Puno y Tacna;
De otro lado, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4050-2014-MP-FN, de fecha 29 de septiembre del 2014, se dispuso la conversión de la Vigésima Séptima Fiscalía Provincial Penal de Lima, en Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, con competencia en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Norte, Lima Este y Lima Sur; por lo que, debe de modificarse la denominación de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, creada mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 096-2014-MP-FN-JFS, a Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima;
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y estando a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 3924, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear los Despachos Fiscales que a continuación se detallan:
- Distrito Fiscal del Callao Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas del Callao.
- Distrito Fiscal de Cusco Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Cusco.
- Distrito Fiscal de Puno Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Puno.
- Distrito Fiscal de Tacna Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Tacna.
Artículo Segundo.- Modificar la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 096-2014-MP-FN-JFS, en el extremo que crea la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, la misma que a partir de la fecha se denominará como Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, con competencia en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Norte, Lima Este y Lima Sur.
Artículo Tercero.- Crear las plazas fiscales para los Despachos Fiscales señalados en el artículo precedente, así como para las Fiscalías que se conviertan y fortalezcan, además de las plazas de personal administrativo, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Facultar al señor Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fiscales que conforman los Despachos creados en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio.
Artículo Quinto.- Facultar a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao, Cusco, Puno y Tacna, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero 559708 NORMAS LEGALES
Viernes 21 de agosto de 2015 / El Peruano de 2009, dispongan las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Callao, Cusco, Puno y Tacna, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima, Callao, Cusco, Puno y Tacna, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
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