8/29/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 321-2015-INEI 560368 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2015 / El

560368 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2015 / El Peruano Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 321-2015-INEI Lima, 28 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 217, 255, 283 y 305-2015-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios, para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2015; Que, en la Convención Colectiva
560368 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2015 / El Peruano Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 321-2015-INEI
Lima, 28 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 217, 255, 283 y 305-2015-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios, para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2015;

Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente Nº 045-2015-MTPE/2.14, con fecha 6 de agosto de 2015, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2015-2016, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 19 de agosto de 2015, con el Auto Directoral General Nº 153-2015-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociación directa, se acordó entre otros, otorgar un aumento general sobre su jornal básico diario, a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, a partir del 1 de junio de 2015;

Que, para tal efecto resulta necesario modificar el Índice Unificado de Mano de Obra de los meses de junio y julio de 2015, para las seis áreas geográficas;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2015, en la forma siguiente:

CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA
AÑO 2015 ÍNDICES
MES ANTERIOR MODIFICADO
JUNIO
JULIO
523,15
523,15
544,59
544,59
Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio a julio de 2015, deberán utilizar para la fijación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales Nºs .

217, 255, 283 y 305-2015-INEI, que aprobaron los Índices Unificados correspondientes a dichos meses.

Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR
Jefe (e)

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