8/19/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0403-2015-MINAGRI Aprueban el Plan de Movilización del Ministerio de

Aprueban el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0403-2015-MINAGRI Lima, 14 de agosto de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 209-2015-MINAGRI-DVPA-DGAI/DG de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, sobre la aprobación del Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Aprueban el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0403-2015-MINAGRI
Lima, 14 de agosto de 2015
VISTO:

El Memorándum Nº 209-2015-MINAGRI-DVPA-DGAI/DG de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, sobre la aprobación del Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego, dispone que este diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria, ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, la Ley Nº 28101, Ley de Movilización Nacional, tiene por objeto precisar los derechos, deberes del Estado, de las personas naturales y jurídicas frente a situaciones de emergencia ocasionadas por confl ictos o desastres, que requiere de su participación así como de la utilización de los recursos, bienes y servicios disponibles;
asimismo, el artículo 18 de la citada Ley dispone que los Ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y locales a través de sus oficinas de Defensa Nacional, son responsables del planeamiento, preparación y ejecución de la movilización en el nivel y ámbito de su competencia, según la naturaleza de la emergencia;

Que, el artículo 25 del Reglamento de la Ley Nº 28101, Ley de Movilización Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-DE-SG, señala que son funciones de las Oficinas de Defensa Nacional de los Ministerios, durante la Fase de Planeamiento, entre otras, elaborar los Planes de Movilización para casos de confl ictos o para casos de desastres o calamidades de toda índole, de acuerdo a las normas y directivas emitidas por el Ministerio de Defensa y por el Instituto Nacional de Defensa Civil, según corresponda;

Que, conforme al artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, una de las funciones de la Dirección General de Articulación Intergubernamental es conducir, promover y articular las acciones asociadas a la Defensa Nacional, Gestión del Riesgo de Desastres y manejo de confl ictos vinculados al tema agrario, concordante con el literal g) del artículo 57 del citado Reglamento;

Que, en tal sentido, mediante el documento del Visto, la Dirección General de Articulación Intergubernamental remite el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, para su aprobación, en el marco de lo establecido en el numeral 5) del artículo 25 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-DE-SG;

Que, asimismo, mediante los Oficios Nº 1667-2015-INDECI/2.0 y 153-2014-DGEPE/DPESDN, la Secretaría General del Instituto Nacional de Defensa Civil y la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, respectivamente, otorgan conformidad al citado Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que es necesario aprobar;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La Dirección General de Articulación Intergubernamental, a través de la Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo, tendrá a su cargo la articulación intergubernamental, planeamiento, preparación y ejecución de la movilización en el nivel y ámbito de su competencia, según la naturaleza de la emergencia.

Artículo 3.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.