8/14/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 726-2015-DE/SG Autorizan ingreso al territorio de la República de

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 726-2015-DE/SG Lima, 12 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 556 y 558 del 07 y del 1 1 de agosto de 2015 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 2794/ W / c.2,
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia y Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 726-2015-DE/SG
Lima, 12 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 556 y 558 del 07 y del 1 1 de agosto de 2015 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin armas de guerra;

Que, con Oficio Nº 2794/ W / c.2, del 11 de agosto de 2015, el Sub Director de Agregadurías y Enlace del Ejército del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, el 17 de agosto de 2015, con la finalidad de rendir honores militares a los restos de dos soldados bolivianos que participaron en la Batalla del Alto de la Alianza;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a treinta y cinco (35)
militares del Estado Plurinacional de Bolivia, únicamente para el día 17 de agosto de 2015, con la finalidad que rendan honores militares a los restos de dos soldados bolivianos que participaron en la Batalla del Alto de la Alianza.

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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