9/30/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 090-2015-DV-PE 562704 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de

562704 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2015 / El Peruano Disponen la apertura de la Oficina Zonal La Libertad, como órgano desconcentrado de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 090-2015-DV-PE Lima,28 de setiembre de 2015 VISTOS: El Informe Nº 069-2015-DV-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 014-2015-DV-DATE, de la Dirección de Articulación Territorial; el Memorándum Nº 385-2015-DV-DAT, de la Dirección de Asuntos Técnicos; el Memorándum Nº 279-2015-DV-DPM,
562704 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2015 / El Peruano Disponen la apertura de la Oficina Zonal La Libertad, como órgano desconcentrado de DEVIDA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 090-2015-DV-PE
Lima,28 de setiembre de 2015
VISTOS:

El Informe Nº 069-2015-DV-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 014-2015-DV-DATE, de la Dirección de Articulación Territorial; el Memorándum Nº 385-2015-DV-DAT, de la Dirección de Asuntos Técnicos; el Memorándum Nº 279-2015-DV-DPM, de la Dirección de Promoción y Monitoreo; y el Informe Nº 251-2015-DV-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por las Leyes Nº 27629 y Nº 28003, se determinan la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, el artículo 45º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que la Dirección de Articulación Territorial es un órgano de línea que depende de la Presidencia Ejecutiva, encargado de orientar, brindar asistencia técnica y promover la articulación de las actividades y proyectos de inversión pública enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, a nivel territorial, con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil; así como supervisar el cumplimiento de la ejecución de actividades y planes operativos territoriales, teniendo a su cargo a los órganos desconcentrados de la Entidad;

Que, el artículo 49º del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, señala que las Oficinas Zonales son los Órganos Desconcentrados de la Entidad, dependen de la Dirección de Articulación Territorial y tienen la responsabilidad de articular y coordinar con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil, los proyectos de inversión pública y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas y otras actividades que coadyuven al logro de los objetivos de la Lucha Contra las Drogas, así como ejecutar sus actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos correspondientes;

Que, mediante Informe Nº 069-2015-DV-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe Técnico que sustenta la necesidad de la creación e implementación de una Oficina Zonal en el Departamento de La Libertad, precisando que la Región La Libertad, presenta un crecimiento del tráfico ilícito de drogas y delitos conexos, incremento de las áreas de cultivo de hoja de coca ilegal y del nivel de consumo de drogas, por lo que se requiere establecer alianzas para la lucha contra las drogas en la zona norte del país, resultando necesaria la intervención de DEVIDA, en el marco de la Estrategia Nacional de la Lucha Contra las Drogas 2012-2016;

Que, a través de los documentos del Visto, los órganos competentes emiten opiniones técnicas favorables, sobre la procedencia de la creación e implementación de una Oficina Zonal en el Departamento de La Libertad;

Que, según el literal f) del artículo 8º, señala como función del Consejo Directivo, la de aprobar, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva, la apertura y cierre de las oficinas zonales de la Entidad;

Que, en sesión del Consejo Directivo del 31 de Agosto de 2015, el mencionado Colegiado ha aprobado por unanimidad la apertura de la Oficina Zonal La Libertad, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, en ese sentido, resulta necesario dictar las medidas de gestión que viabilicen la apertura del órgano desconcentrado de DEVIDA al que se hace referencia en el párrafo considerativo precedente;

Con las visaciones de la Secretaria General, de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con el Reglamento de Organización de Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DISPONER la apertura de la Oficina Zonal La Libertad, como órgano desconcentrado de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobada por acuerdo del Consejo Directivo de la Entidad en sesión del 31 de agosto del 2015.

Artículo 2º.- ESTABLECER que el órgano desconcentrado al que se refiere el artículo precedente, tendrá su ubicación en la ciudad de Trujillo de la Provincia de Trujillo y su ámbito de intervención será:

1. En la Costa Norte: Las provincias de Chepén, Pacasmayo, Ascope, Trujillo y Virú.

2. En la Sierra Norte: Las provincias de Gran Chimú, Otuzco, Sanchez Carrión, Julcán y Santiago de Chuco; y, 3. En la Selva Nor - Este: Las provincias de Bolívar y Pataz.

Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección de Articulación Territorial, a la Oficina General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, para que en el marco de sus competencias realicen las acciones técnicas, operativas, administrativas y presupuestarias necesarias para viabilizar la apertura, implementación y funcionamiento del órgano desconcentrado al que se refiere la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente Ejecutivo

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