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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0254-2015-JUS Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor
9/19/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0254-2015-JUS Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor
Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor de Gobiernos Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0254-2015-JUS Lima, 18 de setiembre de 2015 VISTOS, el Informe Nº 77-2015-JUS-CMAN/SE-JMV y el Oficio Nº 1257-2015-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN; el Oficio Nº 1897-2015-JUS/OGPP-OPRE y 1939-2015-JUS/OGPP,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0254-2015-JUS
Lima, 18 de setiembre de 2015
VISTOS, el Informe Nº 77-2015-JUS-CMAN/SE-JMV
y el Oficio Nº 1257-2015-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN; el Oficio Nº 1897-2015-JUS/OGPP-OPRE y 1939-2015-JUS/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 528-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR, en adelante, la Ley, establece el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, en adelante el Reglamento, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos del Programa Integral de Reparaciones - PIR, que tiene la finalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia consideradas como tales en la Ley, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos, propender a la reconciliación nacional;
Que, de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico-productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, conforme a lo establecido en el acápite iv) del literal a) del inciso 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza de manera excepcional transferencias financieras para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones - PIR, las mismas que se efectúan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante documento de vistos, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN, solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe una transferencia a fin de financiar veintiún (21) convenios suscritos con diversos Gobiernos Locales en el marco del PIR, señalando además que dichos convenios no contienen proyectos que se encuentren enmarcados en el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante documento de vistos, emite 561808 NORMAS LEGALES
Sábado 19 de setiembre de 2015 / El Peruano opinión favorable informando que la citada transferencia cuenta con el presupuesto correspondiente, hasta por el monto de S/. 2 100 000,00 (Dos Millones Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles);
Contando con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad por lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS; y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase una transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de Dos Millones Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 100 000,00) a favor de los Gobiernos Locales, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administración;
Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051
Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154
Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 050
Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, específicas del gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos Corrientes: Dos Millones Cien Mil y 00/100
Nuevos Soles (S/. 2 100 000,00).
Artículo 3º.- La transferencia financiera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo de la presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan.
Los Gobiernos Locales que no cuenten con Portal Institucional publicarán la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido.
Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos/ actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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