9/25/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 849-2015 DE/SG Autorizan ingreso al territorio de la República de

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 849-2015 DE/SG Lima, 24 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 591 del 26 de agosto de 2015, la Dirección de Seguridad y Defensa de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, de acuerdo a la lista indicada en el citado
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 849-2015 DE/SG
Lima, 24 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 591 del 26 de agosto de 2015, la Dirección de Seguridad y Defensa de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, de acuerdo a la lista indicada en el citado documento;

Que, con Oficio 3038 W - c.2 del 10 de setiembre de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del 562211 NORMAS LEGALES
Viernes 25 de setiembre de 2015
El Peruano / Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 de setiembre al 03 de octubre de 2015, con la finalidad de asistir a la ceremonia de clausura del Curso de Comando del Ejército del Perú;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 27 de setiembre al 03 de octubre de 2015, con la finalidad de asistir a la ceremonia de clausura del Curso de Comando del Ejército del Perú.

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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