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DECRETO SUPREMO N° 267-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
9/25/2015
DECRETO SUPREMO N° 267-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas DECRETO SUPREMO Nº 267-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó entre otros, el presupuesto del pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA; Que, el pliego presupuestal 012 Comisión Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 267-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó entre otros, el presupuesto del pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA;
Que, el pliego presupuestal 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA, es un Organismo Público Descentralizado adscrito al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual en el marco del literal a) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el tráfico ilícito de drogas, modificado por la Ley Nº 27629, es la encargada de diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, el Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país; así como formular y 562212 NORMAS LEGALES
Viernes 25 de setiembre de 2015 / El Peruano actualizar la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas;
Que, el 23 de julio de 1996, se suscribió en la ciudad de Lima, el "Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto de Control de Drogas"; el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo Nº 031-96-RE, cuya finalidad es desarrollar, mejorar y apoyar a las instituciones peruanas competentes para diseñar y ejecutar todos los aspectos del Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas, siendo el propósito específico de dicho Acuerdo el normar las actividades conjuntas de las Partes dirigidas a reducir el uso indebido, la producción y tráfico ilícitos de drogas y, particularmente, la reducción y la eliminación de la elaboración de estupefacientes derivados de coca para fines ilícitos, así como el cumplimiento de los mandatos de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988;
Que, el literal c) del numeral VII del citado Acuerdo Operativo, sobre el Financiamiento del Proyecto, señala que: "Para el desarrollo de las actividades conjuntas que las Partes definan, el Gobierno del Perú pondrá a disposición, personal cuidadosamente seleccionado y el material u otro apoyo que sea necesario";
Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2012-PCM
se aprobó, en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas, la "Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012 - 2016", estableciendo como meta para el presente año fiscal, entre otras, erradicar 26,000 Has de hoja de coca ilícita, sin embargo DEVIDA señala que el "Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2015" aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 042-2015-IN/DGCO establece como meta erradicar 35,000 Has de hoja de coca ilícita; razón por la cual se hace necesario dotar de recursos a DEVIDA para el desarrollo de dichas actividades, con la finalidad que el crecimiento de cultivos de coca ilícitos disminuya;
Que, la Décimo Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza a DEVIDA a otorgar recursos con cargo a su presupuesto institucional, como apoyo a las actividades conjuntas a que se refiere el literal c) del numeral VII del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto de Control de Drogas, ratificado por Decreto Supremo Nº 031-96-RE;
Que, el Jefe de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA mediante Informe Nº 086-2015-DV-OPP , sustenta la necesidad de contar con recursos adicionales hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 050 000,00), en mérito de lo cual mediante Oficio Nº 188-2015-DV-PE, el Presidente Ejecutivo de DEVIDA, solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinados a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma TREINTA Y CUATRO
MILLONES CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 050 000,00) a favor del pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA, para ser destinado a realizar actividades de erradicación de cultivos ilícitos de hoja de coca;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y la Décimo Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES
CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 050
000,00); a favor del pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA a fin de realizar actividades de erradicación de cultivos ilícitos de hoja de coca, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas En Nuevos Soles UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0. Reserva de Contingencia 34 050 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 34 050 000,00
===========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -
DEVIDA
UNIDAD EJECUTORA 001 : DEVIDA
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0074 : Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú PRODUCTO 3000570 : Unidades especializadas en el control de la oferta de drogas con capacidades operativas ACTIVIDAD 5005066 : Transferencias para las intervenciones de reducción de cultivos con fines ilícitos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 34 050 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 34 050 000,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección 562213 NORMAS LEGALES
Viernes 25 de setiembre de 2015
El Peruano / General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
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