10/01/2015

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 199-2015-CR/GRL Aprueban "El Convenio Específico de Cooperación

Aprueban "El Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional de Lima y la Empresa Agrícola Cerro Blanco S.A." ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 199-2015-CR/GRL Huacho; 20 de agosto de 2015. VISTO: El pedido del Consejero Regional por la provincia de Cañete, Vladimir Alexander Rojas Hinostroza; quien pide se incorpore como punto de la agenda de la Sesión Extraordinaria, para que mediante Acuerdo de Consejo Regional se apruebe en vía de regularización "El Convenio
Aprueban "El Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional de Lima y la Empresa Agrícola Cerro Blanco S.A."
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 199-2015-CR/GRL
Huacho; 20 de agosto de 2015.

VISTO: El pedido del Consejero Regional por la provincia de Cañete, Vladimir Alexander Rojas Hinostroza;
quien pide se incorpore como punto de la agenda de la Sesión Extraordinaria, para que mediante Acuerdo de Consejo Regional se apruebe en vía de regularización "El Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional de Lima y la Empresa Agrícola Cerro Blanco S.A."
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el Artículo 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 20 de agosto del 2015, en las instalaciones del Consejo Regional sito en Playa Chorrillos - Malecón Roca 1er Piso, ubicado en la ciudad de Huacho; se dio cuenta el pedido del Consejero Regional por la provincia de Cañete, Vladimir Alexander Rojas Hinostroza; para que mediante Acuerdo de Consejo Regional se apruebe en vía de 562838 NORMAS LEGALES
Jueves 1 de octubre de 2015 / El Peruano regularización "El Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional de Lima y la Empresa Agrícola Cerro Blanco S.A."; con la sustentación del referido consejero regional; del debate de los miembros del Consejo Regional de Lima, y con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional;

En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Leyes Nº 28968 y Nº 29053;

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR, en vía de regularización, "El Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional de Lima y la Empresa Agrícola Cerro Blanco S.A.", que consta de 10 (Diez)
cláusulas, que forma parte como anexo al presente acuerdo, y que tiene como finalidad el realizar acciones conjuntas para la formulación, evaluación y ejecución del proyecto para la recuperación de la Casa de la Hacienda Unanue.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, a través de la Oficina de Programación e Inversiones Regional (OPI), la implementación y monitoreo, a fin de dar cumplimiento al presente acuerdo.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la formulación, evaluación y elaboración de las acciones conducentes a realizar para dar pleno cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Gobierno Regional de Lima en virtud al convenio señalado en el Artículo Primero del presente acuerdo.

Artículo Cuarto.- INSTAR, al Titular del Pliego 463
Gobierno Regional del Departamento de Lima, para que en el marco de sus facultades, garantice el pleno cumplimiento del presente acuerdo Artículo Quinto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación de acta.

Artículo Sexto.- El presente Acuerdo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación en el Consejo Regional de Lima; será publicado en el Diario Oficial El Peruano, en un Diario de Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

VICENTE SABINO RIVERA LOARTE
Consejero Delegado

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