12/08/2015

DECRETO SUPREMO N° 342-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán DECRETO SUPREMO Nº 342-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán; Que, mediante Oficio Nº 566-2015-UNHEVAL-R, el Rector de la Universidad
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán
DECRETO SUPREMO Nº 342-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 525
Universidad Nacional Hermilio Valdizán;

Que, mediante Oficio Nº 566-2015-UNHEVAL-R, el Rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán solicita una demanda adicional de recursos para atender los gastos relacionados con la ejecución de la obra "Mejoramiento de los servicios académicos de experimentación e investigación en las carreras de Enfermería, Obstetricia, Psicología y Odontología de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán - Huánuco" con código SNIP 120707, que permitirá la atención de los servicios académicos que brindan las indicadas carreras profesionales;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA
Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 655 269,00), para ser destinada al financiamiento de los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego Universidad Nacional Hermilio Valdizán;

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y
NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 655 269,00), a favor del pliego Universidad Nacional Hermilio Valdizán, destinados a financiar los fines descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 5 655 269,00
------------------ TOTAL EGRESOS 5 655 269,00
==========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 525 : Universidad Nacional Hermilio Valdizán PROGRAMA 0066 : Formación Universitaria de Pregrado
PRESUPUESTAL
PROYECTO 2165092 : Mejoramiento de los Servicios Académicos de Experimentación e Investigación en las Carreras de Enfermería, Obstetricia, Psicología y Odontología de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán - Huánuco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 :Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 655 269,00
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TOTAL EGRESOS 5 655 269,00
===========
568193 NORMAS LEGALES
Martes 8 de diciembre de 2015
El Peruano / Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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