12/27/2015

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 048-2015-SUNASS-CD Aprueban proyecto de resolución mediante el

Aprueban proyecto de resolución mediante el cual se aprobaría la Metodología, Criterios Técnico-Económicos y Procedimiento para Determinar la T arifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las EPS y su exposición de motivos, y disponen su publicación en la página web de la SUNASS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 048-2015-SUNASS-CD Lima, 23 de diciembre de 2015 VISTO: El Informe Nº 027-2015-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas, Asesoría Jurídica y Regulación T arifaria,
Aprueban proyecto de resolución mediante el cual se aprobaría la Metodología, Criterios Técnico-Económicos y Procedimiento para Determinar la T arifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las EPS y su exposición de motivos, y disponen su publicación en la página web de la SUNASS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 048-2015-SUNASS-CD
Lima, 23 de diciembre de 2015
VISTO:

El Informe Nº 027-2015-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas, Asesoría Jurídica y Regulación T arifaria, el cual contiene la propuesta de Metodología, Criterios Técnico-Económicos y Procedimiento para Determinar la Tarifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, y su correspondiente exposición de motivos;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1185, creó un Régimen Especial de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), cuya finalidad es cautelar el aprovechamiento eficiente y sostenible del recurso hídrico subterráneo;

Que, asimismo, el artículo 4.2 de la citada norma señala que la SUNASS establecerá la metodología, los criterios técnico-económicos y el procedimiento aplicable para determinar la Tarifa por Monitoreo y Gestión de Aguas Subterráneas;

Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria, Asesoría Jurídica y la Gerencia General;

El Consejo Directivo en su sesión del 16 de diciembre de 2015;

NORMAS LEGALES
Domingo 27 de diciembre de 2015 / El Peruano 570030
HA RESUELTO:

Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la Metodología, Criterios Técnico-Económicos y Procedimiento para Determinar la T arifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las EPS, y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo su publicación en la página web de la SUNASS www.sunass.gob.pe.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados presenten sus comentarios sobre la propuesta señalada en el artículo 1, en la sede institucional de la SUNASS ubicada en Av.

Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe.

Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten.

Regístrese, publíquese y difúndase.

FERNANDO MOMIY HADA
Presidente del Consejo Directivo

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