12/07/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 156-2015-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Bar y Coctelería del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado "Le Cordon Bleu Perú" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 156-2015-SINEACE/CDAH-P Lima, 4 de diciembre de 2015 VISTO: El Oficio Nº 592-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, del 16 de noviembre de 2015, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo
Oficializan acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Bar y Coctelería del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado "Le Cordon Bleu Perú"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 156-2015-SINEACE/CDAH-P
Lima, 4 de diciembre de 2015
VISTO: El Oficio Nº 592-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, del 16 de noviembre de 2015, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto de 2014, constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien lo preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

Que, mediante Informe Nº 060-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, la Directora de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE, considerando el Informe Final de la evaluación externa realizada por la Entidad Evaluadora International Zeta Consulting S.A.C, recomienda que se otorgue la acreditación a la carrera de Bar y Coctelería, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado "Le Cordon Bleu Perú", correspondiendo una vigencia de dos (02)
años, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluación y Acreditación de las Instituciones de Educación Superior No Universitaria - versión II;

Que, en atención al informe antes indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 02 de diciembre 2015, llegó al Acuerdo Nº 184-2015-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Bar y Coctelería del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado "Le Cordon Bleu Perú", con una vigencia de dos (02) años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 184-2015-CDAH, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 02 de diciembre 2015, otorgó la acreditación a la carrera de Bar y Coctelería del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado "Le Cordon Bleu Perú", con una vigencia de dos (02)
años, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE

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