1/19/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2016-EF/52 575835 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2016 El

575835 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2016 El Peruano / 575836 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2016 / El Peruano Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio y SEDAPAL, para el traspaso de recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo aprobada por D.S. Nº 360-2014-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2016-EF/52 Lima, 18 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 360-2014-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo entre
575835 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2016 El Peruano / 575836 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2016 / El Peruano Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio y SEDAPAL, para el traspaso de recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo aprobada por D.S. Nº 360-2014-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2016-EF/52
Lima, 18 de enero de 2016
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 360-2014-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por US$ 55 000
000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100
DÓLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente el Proyecto "Optimización de Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado, Sectorización, Rehabilitación Redes y Actualización de Catastro - Área de Infl uencia Planta Huachipa - Área de Drenaje Oquendo, Sinchi Roca, Puente Piedra y Sectores 84, 83, 85 y 212 - Lima", a ser ejecutado por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL;

Que, el artículo 4 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, los recursos que resulten de la referida operación de endeudamiento externo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas, y en el que se establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones relacionados con la atención del respectivo servicio de la deuda;

Que, asimismo, el artículo 6 del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la referida operación de endeudamiento externo será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos que oportunamente proporcione la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y sus modificatorias, señala que los pagos a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos de deuda generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado, entre otros, a través de un fideicomiso;

Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y el Decreto Supremo Nº 360-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 360-2014-EF y del servicio de la deuda derivada de la misma.

El mecanismo de pago a cargo de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la citada operación de endeudamiento externo, es a través del fideicomiso constituido por dicha empresa en la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 056-2009-EF/75 modificado con la Resolución Ministerial Nº 168-2010-EF/75.

Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda la documentación necesaria para su implementación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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