1/23/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 028-2016/MINSA Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio

Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud, correspondientes al año 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2016/MINSA Lima, 15 de enero del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-001405-001 que contiene el Informe Nº 007-2016-OGPP-OPGI/MINSA, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se definen y establecen las Políticas
Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud, correspondientes al año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2016/MINSA
Lima, 15 de enero del 2016
Visto, el Expediente Nº 16-001405-001 que contiene el Informe Nº 007-2016-OGPP-OPGI/MINSA, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 086-2010-PCM se incorpora el numeral 13 al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, aprobando la Política Nacional en materia de Servicio Civil;

576237 NORMAS LEGALES
Sábado 23 de enero de 2016
El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2011-PCM
se modifica el sub numeral 9.1 del numeral 9 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que aprueba las Políticas Nacionales en materia de Empleo y MYPE;

Que, con Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM, se incorpora el numeral 14 al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, aprobando la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, norma que en su única disposición complementaria derogatoria establece la derogatoria del Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM - Política Nacional de Simplificación Administrativa - por cuanto sus objetivos han sido recogidos en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, establece que se entiende por Política Nacional, toda norma que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el propósito de definir objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de política pública, así como los estándares nacionales de cumplimiento y provisión que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestación de los servicios y el normal desarrollo de las actividades;

Que, por su parte, el artículo 3 del citado Decreto Supremo señala que, mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, se aprobarán dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia. Dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios, las cuales deberán ser debidamente publicadas;

Que, en atención a lo dispuesto en la mencionada normativa, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicitó a los organismos públicos adscritos al Sector Salud, así como a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud, que en el ámbito de su competencia definan los indicadores y metas para el año 2016, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias;

Que, en virtud de ello y teniendo en cuenta la información proporcionada por los organismos públicos adscritos al sector, así como por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto elaboró los Indicadores de Desempeño para el año 2016, que deberá cumplir el Ministerio de Salud, los cuales se encuentran articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias;

Que, en virtud de ello, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y aprobar las metas e indicadores de desempeño para el año 2016, que se encuentran articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento, aprobadas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias; los cuales corresponden a los objetivos institucionales para el año 2016, establecidos para el Ministerio de Salud;

Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con el visado de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la Metas e Indicadores de Desempeño Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud, correspondientes al año 2016, los que están articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM
y sus modificatorias, cuyo contenido se encuentra en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Del seguimiento y evaluación Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional, realice el seguimiento y evaluación de los Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud, correspondientes al año 2016.

Artículo 3.- De la publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.
aspfiop=115.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

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