1/23/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 037-2016/MINSA Delegan facultades en materia de contrataciones del Estado

Delegan facultades en materia de contrataciones del Estado en el Director General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2016/MINSA Lima, 20 de enero de 2016 Visto, el Expediente Nº 16-003967-001, que contiene la Nota Informativa Nº 003-2016-DARES/MINSA, de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece
Delegan facultades en materia de contrataciones del Estado en el Director General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2016/MINSA
Lima, 20 de enero de 2016
Visto, el Expediente Nº 16-003967-001, que contiene la Nota Informativa Nº 003-2016-DARES/MINSA, de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1161, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, estableciéndose en el literal e) del artículo 10, que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política del Sector, teniendo entre otras funciones, ejercer las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, según los artículos 78-A y 78-B del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modificatorias, la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es un órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, que se encarga de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de recursos estratégicos para la red asistencial de salud pública a nivel nacional, que busca garantizar la calidad y precios, y asegurar la accesibilidad de éstos a la población;

Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras;

Que, conforme lo dispone el artículo 8 de la Ley Nº 30225, el Titular de la Entidad puede delegar mediante resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas - salvo aquellas que disponga el Reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación - y los otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado;

Que, con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la marcha administrativa de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Ministerio de Salud, resulta conveniente delegar aquellas facultades y atribuciones que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del Ministro, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 29158 y la Ley Nº 30225;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal mediante Nota Informativa Nº 58-2016-OGAJ/MINSA;

Con el visado de la Directora General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y de la Secretaria General;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de Facultades al/a la Director/a General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos Delegar en el(la) Director(a) General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos, las siguientes facultades en materia de contrataciones del Estado de la Unidad Ejecutora Nº 124: Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos, en el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado:
a) Aprobar y modificar el Plan Anual de Contrataciones.
b) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado.
c) Supervisar y efectuar el seguimiento al proceso de planificación, formulación, aprobación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones.
d) Aprobar los expedientes de contratación, las bases y la cancelación, parcial o total, y otros documentos, de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Simplificadas, Subastas Inversas Electrónicas, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, los correspondientes a las contrataciones directas, así como suscribir los contratos derivados de los mismos.

576239 NORMAS LEGALES
Sábado 23 de enero de 2016
El Peruano / e) Designar y remover a los integrantes, titulares y suplentes, de los Comités de Selección.
f) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a sesenta y cinco (65)
UIT, realizados en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF.
g) Autorizar al Comité de Selección a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado de la convocatoria, siempre que se cuente con la certificación de crédito presupuestario correspondiente, en el marco de lo establecido en los artículos 54 y 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
h) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, en el caso de bienes, servicios, incluyendo las consultorías, de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado.
i) Autorizar la celebración de contrataciones complementarias, en el marco de lo establecido en la normativa sobre contrataciones del Estado.
j) Aprobar la modificación de los contratos, distinta de aquella que resulte de la autorización de prestaciones adicionales, reducciones de prestaciones y ampliaciones de plazo, incluyendo aquella que implique la variación del precio, de conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual.
l) Resolver los contratos de bienes y servicios, celebrados en el marco de la normativa de contrataciones del Estado y por las causales previstas en esta, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad.

Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 3.- Información Semestral El(la) Director(a) General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos deberá informar semestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre.

Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a el(la) Director(a) General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos, para su cumplimiento y difusión.

Artículo 5.- Órgano Encargado de las Contrataciones Precisar que de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 216-2012/MINSA, la Unidad Funcional de Adquisiciones de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos - DARES, es la dependencia encargada de las contrataciones del referido Órgano Desconcentrado, el cual se encarga de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos para la red asistencial de salud pública a nivel nacional, que se ejecuta en la Unidad Ejecutora 124: Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos.

Artículo 6.- Derogación Dejar sin efecto las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 7.- Publicación en Portal Institucional Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.
aspfiop=115.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

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