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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 044-2016/MINSA Aprueban Documento Técnico "Plan Nacional de Preparación y
1/28/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 044-2016/MINSA Aprueban Documento Técnico "Plan Nacional de Preparación y
Aprueban Documento Técnico "Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a la enfermedad por virus Zika - Perú, 2016" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2016/MINSA Lima, 27 de enero del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-005971-001, que contiene la Nota Informativa Nº 017-2016-DGE-DVE-JAR/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología, el Oficio Nº 052-2016-DG-CNSP/INS del Centro Nacional de Salud Pública del Instituto Nacional de Salud, el Memorando Nº 154-2016-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2016/MINSA
Lima, 27 de enero del 2016
Visto, el Expediente Nº 16-005971-001, que contiene la Nota Informativa Nº 017-2016-DGE-DVE-JAR/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología, el Oficio Nº 052-2016-DG-CNSP/INS del Centro Nacional de Salud Pública del Instituto Nacional de Salud, el Memorando Nº 154-2016-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas, el Memorando Nº 070-2016-DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, el Informe Nº 248-2016/DSB/DIGESA de la Dirección General de Salud Ambiental, el Memorándum Nº 032-2016-DARES/ MINSA de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, el Memorándum Nº 065-2016-OCS-OGC/MINSA de la Oficina General de Comunicaciones, el Memorando Nº 065-2016-DG-OGDN/MINSA, que adjunta el Informe Nº 004-2016-AMP/MDN-OGDN/MINSA de la Oficina General de Defensa Nacional, el Informe Nº 010-2016-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 045-2016-DPCS-DGPS/MINSA, de la Dirección General de Promoción de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, los numerales 3) y 5) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en epidemias y emergencias sanitarias, así como en inteligencia sanitaria, respectivamente;
Que, el artículo 4 de la precitada Ley, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, asimismo, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud disponen que son 576688 NORMAS LEGALES
Jueves 28 de enero de 2016 / El Peruano funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como "Dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, (...)";
Que, el literal b) del artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Epidemiologia es el órgano responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública y del análisis de la situación de salud del Perú, teniendo como función general diseñar, normar y conducir el proceso de análisis de la situación de salud para la determinación de prioridades sanitarias, como base del planeamiento estratégico en salud;
Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Epidemiología ha elaborado el Documento Técnico: "Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a la enfermedad por virus Zika - Perú, 2016", cuya finalidad es reducir el impacto sanitario, social y económico en la población ante el riesgo de introducción y expansión de dicho virus en el país;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiologia;
Que, mediante Informe Nº 115-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido opinión favorable;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Comunicaciones, del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: "Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a la enfermedad por virus Zika - Perú, 2016", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ index.aspfiop=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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