1/07/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0721-2015-MINAGRI Crean la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro,

Crean la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3" y el Comité de Gestión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0721-2015-MINAGRI Lima, 29 de diciembre de 2015 VISTO: El Oficio Nº 073-MINAGRI-DVIAR/UEGPS/DE, del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales - UEGPS, sobre creación de la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT 3", y
Crean la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3" y el Comité de Gestión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0721-2015-MINAGRI
Lima, 29 de diciembre de 2015
VISTO:

El Oficio Nº 073-MINAGRI-DVIAR/UEGPS/DE, del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales - UEGPS, sobre creación de la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa -
PTRT 3", y del Grupo de Trabajo denominado Comité de Gestión del referido Proyecto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 365-2014-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT 3", estableciéndose en su Artículo 3, que su ejecución está a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL, el mismo que fue modificado por el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0152-2015-EF, en el sentido que el referido Proyecto será ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego a través de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales - UEGPS;

Que, el 13 de febrero de 2015, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo suscribieron el Contrato de Préstamo Nº 3370/OC-PE, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el financiamiento y desarrollo del Proyecto de Inversión Pública "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3", cuyo objetivo es la formalización de la propiedad rural en la selva y zonas focalizadas de la sierra, para mejorar la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra rural;

Que, la Cláusula 3.02 del referido Contrato establece como condiciones especiales previas al primer desembolso: i) que se haya conformado la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), ii) se haya establecido el grupo de trabajo denominado Comité de Gestión y iii)
que se haya aprobado el Manual Operativo del Proyecto (MOP) "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT 3";

Que, por Resolución Ministerial Nº 0260-2015- MINAGRI, de fecha 09 de junio de 2015, se creó la Unidad Ejecutora "Gestión de Proyectos Sectoriales"
- UEGPS, que tiene como objetivo gestionar y ejecutar programas y proyectos de inversión pública que requieran de alta especialización y amplia cobertura en el territorio nacional financiado con recursos externos provenientes de convenios de préstamo o donación, acorde con las condiciones establecidas, entre otros, en el Contrato de Préstamo de Endeudamiento Nº 3370/OC-PE;

574640 NORMAS LEGALES
Jueves 7 de enero de 2016 / El Peruano Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0371- 2015-MINAGRI, de fecha 21 de julio de 2015, se designó al Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora "Gestión de Proyectos Sectoriales", adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; cuyas funciones y atribuciones fueron determinadas por Resolución Ministerial Nº 0521-2015-MINAGRI, de fecha 22 de octubre de 2015;

Que, a fin de cumplir con las condiciones previas establecidas en la Cláusula 3.02 del Contrato de Préstamo Nº 3370/OC-PE, con el documento del Visto, el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora "Gestión de Proyectos Sectoriales", solicita se conforme el Comité de Gestión y la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa -
PTRT3";

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI
SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP)
Crear la Unidad Coordinadora del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3", responsable de la administración, supervisión y evaluación del referido Proyecto. Tiene dependencia directa de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales - UEGPS, y relación funcional con la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural -DISPACR de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego.

La Unidad Coordinadora del Proyecto está a cargo de un Coordinador General, y contará con un área técnica, un área de monitoreo y evaluación, y un área de administración, cuya composición, funciones y responsabilidades se detallan en el Manual Operativo del Proyecto (MOP).

Artículo 2.- Plazo de duración de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP)
El plazo de duración de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), está supeditado al plazo de duración del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT 3 ".

Artículo 3.- Creación del Comité de Gestión Crear el Grupo de Trabajo denominado Comité de Gestión del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT 3", como instancia máxima de orientación de lineamientos de política general, supervisión de la ejecución y apoyo al gerenciamiento del Proyecto en mención, el que estará conformado de la siguiente manera:
- El Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del MINAGRI, o su representante, quien lo preside.
- Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) del Ministerio de Agricultura y Riego.
- El Director de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural (DISPACR) del Ministerio de Agricultura y Riego.
- Un representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP.
- Un representante del Instituto Geográfico Nacional - IGN.
- Un representante de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas (DGIP - MEF).
- Un representante de los Gobiernos Regionales comprendidos en el ámbito de ejecución del Proyecto; y, - Un representante de la Unidad Coordinadora del Proyecto, quién actuará como Secretario.

El cargo de miembro del Grupo de Trabajo denominado Comité de Gestión del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa -
PTRT3", es ad- honorem. Los gastos que demanden sus integrantes en cumplimiento de las funciones a su cargo, serán cubiertos por las dependencias a las que representan.

Artículo 4.- Acreditación de representantes Los órganos, unidades orgánicas y organismos representados ante el Grupo de Trabajo acreditarán a sus representantes titular y alterno ante el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Funciones del Comité de Gestión El Comité de Gestión del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa -
PTRT3", tendrá como funciones generales, las siguientes:
- Aprobar el Reglamento Interno del Comité de Gestión.
- Elaborar y proponer el Manual Operativo del Proyecto (MOP) y sus modificaciones.
- Establecer el procedimiento para la selección del personal de la Unidad Coordinadora del Proyecto.
- Seleccionar y proponer al Ministro de Agricultura y Riego, a través de un concurso abierto, transparente y competitivo, una terna de candidatos para ocupar el cargo de Coordinador General del Proyecto.
- Evaluar el desempeño de la Unidad Coordinadora del Proyecto, proponiendo los ajustes para su mejora, de ser el caso.
- Aprobar los Planes Operativos del Proyecto.
- Revisar los Informes de Auditoría del Proyecto.
- Resolver situaciones vinculadas específicamente con el desarrollo del Proyecto y/o asuntos que por su naturaleza superan el ámbito interno de decisión de las entidades que conforman la estructura técnica y/o financiera del Proyecto, para ejecutar los componentes y subcomponentes del mismo.
- Las demás que le corresponda en virtud de la ejecución del Contrato de Préstamo Nº 3370/OC-PE.

Artículo 6.- Periodo de vigencia del Comité de Gestión El periodo de vigencia del Grupo de Trabajo que se crea por la presente Resolución está supeditado al plazo de duración del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa -
PTRT3". Culminado dicho plazo, el Comité de Gestión se desactivará de manera automática sin requerirse de Resolución previa.

Artículo 7.- Aprobación del Manual Operativo del Proyecto (MOP)
El Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales - UEGPS, remitirá al Despacho Ministerial para su aprobación, el Manual Operativo del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT 3", que proponga el Comité de Gestión, el cual deberá contener, entre otros, las funciones específicas de dicho Grupo de Trabajo, la composición y responsabilidades específicas de las áreas que conforman la Unidad Coordinadora del Proyecto, el perfil y funciones del Coordinador General del Proyecto y demás profesionales, así como la composición, funcionamiento y relación de las instancias de participación ciudadana, siendo estas una consultiva a nivel nacional y una de seguimiento participativo a nivel regional.

Artículo 8.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano: (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minag.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.