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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 003-2016-MINEDU Disponen que todas las instituciones educativas

Disponen que todas las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular incorporen diversas fechas en su Calendario Cívico Escolar RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 003-2016-MINEDU Lima, 13 de enero de 2016 Vistos, el expediente Nº 0079063-2015, el Informe Nº 154-2015-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y el Informe Nº 003-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Disponen que todas las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular incorporen diversas fechas en su Calendario Cívico Escolar
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 003-2016-MINEDU
Lima, 13 de enero de 2016
Vistos, el expediente Nº 0079063-2015, el Informe Nº 154-2015-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y el Informe Nº 003-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación peruana, el de interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto de las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo;

Que, según el literal b) del artículo 9 de la referida Ley, uno de los fines de la educación peruana, es contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado;

Que, de acuerdo al numeral 1.1 y el literal a) del numeral 1.2 de las Normas para las Celebraciones de Efemérides del Calendario Cívico - Escolar, aprobadas por Resolución Directoral Nº 3199-88-ED, el Calendario Cívico Escolar es el medio educativo que acopia las fechas más significativas de nuestra historia y que integrada a otros acontecimientos trascendentes, contribuye a la formación integral del educando y al afianzamiento de los valores nacionales; el mismo que tiene, entre otros fines, el de promover y afianzar el conocimiento y práctica de los valores cívico-patrióticos, en los Centros y Programas Educativos Estatales y No Estatales del país;

Que, el 3 de diciembre de 1854 fue emitido el Decreto de la Abolición de la Esclavitud en el Perú;

Que, mediante Resolución 2142 (XXI) de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, firmada por la Asamblea General de la referida organización el 28 de noviembre de 1966, se proclama el 21 de marzo "Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial";

Que, a través de la Ley Nº 28761 se declara el 4 de junio de cada año como "Día de la Cultura Afroperuana";

Que, mediante la Ley Nº 29421 se declara el 12 de octubre "Día de los Pueblos Originarios y del Diálogo Intercultural";

Que, mediante Oficio Nº 928-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 154 - 2015-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA, a través del cual sustenta la necesidad de disponer que las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular, incorporen en su Calendario Cívico Escolar el "Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial" (21 de marzo) , el "Día de la Cultura Afroperuana" (4 de junio), el "Día de los Pueblos Originarios y del Diálogo Intercultural" (12 de octubre) y el "Día de la Abolición de la Esclavitud (03 de diciembre); a fin de promover y afianzar los principios de interculturalidad y democracia y contribuir con los fines de la educación peruana;

575498 NORMAS LEGALES
Viernes 15 de enero de 2016 / El Peruano De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer que todas las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular incorporen en su Calendario Cívico Escolar las siguientes fechas:
− El 21 de marzo de cada año como el "Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial".
− El 04 de junio de cada año como el "Día de la Cultura Afroperuana".
− El 12 de octubre de cada año como el "Día de los Pueblos Originarios y del Diálogo Intercultural".
− El 03 de diciembre de cada año como el "Día de la Abolición de la Esclavitud".

Artículo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y Unidades de Gestión Educativa Local, que adopten las medidas que estimen necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica

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