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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 051-2016/IGSS Modifican Anexo 01 de la R.J. N° 016-2016/ SIS que aprobó
2/24/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 051-2016/IGSS Modifican Anexo 01 de la R.J. N° 016-2016/ SIS que aprobó
Modifican Anexo 01 de la R.J. Nº 016-2016/ SIS que aprobó transferencia al INEN y al Hospital de Emergencias Pediátricas por servicios brindados a asegurados del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2016/IGSS Lima, 23 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Nº 003-2016-SIS/GNF-SGLP/ PCT-PLCHP con Proveído Nº 044-2016-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando Nº 059-2016-SIS/OGPPDO y el Memorando Nº 095-2016-SIS/OGPPDO, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2016/IGSS
Lima, 23 de febrero de 2016
VISTOS: El Informe Nº 003-2016-SIS/GNF-SGLP/ PCT-PLCHP con Proveído Nº 044-2016-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando Nº 059-2016-SIS/OGPPDO y el Memorando Nº 095-2016-SIS/OGPPDO, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 029-2016-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído Nº 145-2016-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;
Que, en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Seguro Integral de Salud a efectuar transferencias financieras para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados durante el Año Fiscal 2016, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud pública podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago;
Que, asimismo, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la distribución de los recursos que se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 016-2016/SIS de fecha 18 de enero del 2016, se aprobó las transferencias a las Unidades Ejecutoras a Nivel Nacional por S/. 378,098,457.00 Soles, incluyendo a la Unidad Ejecutora 1235: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas con el importe de S/.
22'178,084.00 Soles, distribuido en los Programas Presupuestales: Programa: "0024 Prevención y Control del Cáncer", "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas", y Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto - APNOP", por los importes de S/.9,767,207.00, S/.15,627.00 y S/. 12'395,250.00
Soles, respectivamente; y a la U.E. 1570: Hospital de Emergencias Pediátricas - IGSS, según Anexo 01 de la referida Resolución Jefatural, se le transfirió el importe de S/. 1'454,155.00 Soles, distribuido en 578795 NORMAS LEGALES
Miércoles 24 de febrero de 2016
El Peruano / los Programas Presupuestales: "0001 Programa Articulado Nutricional", "0002 Programa Materno Neonatal", "0018 Enfermedades No Transmisibles", "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas" y Categoría Presupuestal: "9002
Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto - APNOP", por los importes de S/.600,000.00, S/. 236,721.00, S/. 10,000.00, S/. 4,979.00 y S/.
602,455.00 Soles, respectivamente;
Que, mediante Oficio Nº 061-2016-OPP/IGSS de fecha 27 de enero del 2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de IGSS, solicita subsanar la Transferencia Financiera de la Resolución Jefatural Nº 016-2016/ SIS, Anexo 01 referido a la U.E. 1570: Hospital de Emergencias Pediátricas - IGSS, por habérsele transferido en el Programa Presupuestal "0018 Enfermedades No Transmisibles", por el importe de S/. 10,000.00, programa que no está registrado en su Estructura Funcional Programática para el año 2016, sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en la Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto - APNOP" por el importe de S/. 10,000.00 a la U.E. 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas - IGSS;
Que, mediante Memorando Nº 059-2016-SIS/ OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, hace de conocimiento de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, ha solicitado con Oficio Nº 001-2016-OGPP/INEN, que los recursos transferidos con Resolución Jefatural Nº 016-2015/SIS
en el programa presupuestal "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas" por S/. 15,627.00 soles, sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en la Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto - APNOP" por el importe de S/.15,627.00
a la U.E. 1235 - Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN. Asimismo, con Memorando Nº 095-2016-SIS/OGPPDO, la precitada Oficina General informa que la DGPP - MEF, ha concluido con respecto al Programa 0018 Enfermedades No Transmisibles para la UE 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas -
IGSS, por el importe de S/. 10,000.00 Soles;
Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de modificar el Anexo 01 de la Resolución Jefatural Nº 016-2016/SIS que aprueba la transferencia al Pliego del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN y a la Unidad Ejecutora 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas, por los servicios que brindan a los asegurados del Seguro Integral de Salud, la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional, a efectuarse en el mes de enero del 2016 para cubrir los conceptos de pago Preliquidado y Prestaciones Administrativas No Tarifadas, informando a la vez que el importe a transferir a cada Unidad Ejecutora contempla los componentes de reposición y de gestión y que el prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado;
Con el visto del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General de la Oficina General de Tecnología de la Información, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y su modificatoria, aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo 01 de la Resolución Jefatural Nº 016-2016/SIS de fecha 18 de enero de 2016, en el extremo que corresponde a las Unidades Ejecutoras 1235 - Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y 1570 - Hospital de Emergencias Pediátricas - IGSS, referente a que los recursos transferidos en los Programas Presupuestales: "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas" por el importe de S/.
15,627.00 Soles, y "0018 Enfermedades No Transmisibles"
por el importe de S/. 10,000.00 Soles, sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en la Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto - APNOP" por el importe de S/.15,627.00 Soles, a la U.E 1235 - INEN y el importe de S/.
10,000.00 Soles, a la U.E. 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas - IGSS, conforme al texto siguiente:
DNTP UE
0001 -
PROGRAMA
ARTICU-LADO
NUTRICIO-NAL
0002 - SALUD
MATERNO
NEONATAL
0024 -
PREVENCION Y
CONTROL DEL
CANCER
0016 -
TBC-VIH/
SIDA
0018 - ENFERME-DADES
NO
TRANSMISI-BLES
0104 -
REDUCCION
DE LA
MORTALIDAD
POR
EMERGENCIAS
Y URGENCIAS
9002 -
ASIGNACIONES (SIN PROGRAMA)
TOTAL
1570
HOSPITAL DE
EMERGENCIAS
PEDIATRICAS -
IGSS
600,000.00 236,721.00 0.00 0.00 0.00 4,979.00 612,455.00 1,454,155.00
1235
{E}INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS
0.00 0.00 9,767,207.00 0.00 0.00 0.00 12,410,877.00 22,178,084.00
Artículo 2.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución.
La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5)
días de aprobada en la respectiva página web del Pliego.
Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al plan operativo de cada unidad ejecutora y en el marco de la normatividad vigente.
Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; así como publicar en el portal institucional http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO
Jefe del Seguro Integral de Salud
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