Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2016-TR 577143 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2016 El Peruano
2/04/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2016-TR 577143 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2016 El Peruano
577143 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2016 El Peruano / Autorizan a la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral a regular normativamente en materia de Normalización y Certificación de Competencias Laborales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2016-TR Lima, 3 de febrero de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 001-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico Nº 019-2015-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2016-TR
Lima, 3 de febrero de 2016
VISTOS: El Oficio Nº 001-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico Nº 019-2015-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, y el Informe Nº 200-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establece como área programática de acción del Sector, la normalización y certificación de competencias laborales, entre otras; y conforme al artículo 5, ejerce competencia exclusiva y excluyente para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales sobre dicha materia, respecto de otros niveles de gobierno y en todo el territorio nacional;
Que, conforme al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2010-TR, se aprueba la Matriz de Delimitación de Competencias y Asignación de Funciones de los Sectores Trabajo y Promoción del Empleo, en los tres niveles de gobierno, constando como una de las competencias del Sector, la Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y como uno de los procesos esenciales, la Formación Profesional y Desarrollo de los Recursos Humanos; estableciendo como una de sus atribuciones normativas del gobierno nacional, formular las normas nacionales y sectoriales, lineamientos técnicos, directivas, mecanismos y procedimientos en materia de formación profesional en lo que refiere a normalización y certificación de competencias laborales, dentro del marco de sus competencias;
Que, de acuerdo al artículo 72 del Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, órgano de línea del Sector, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas, entre otras, en materia de normalización y certificación de competencias laborales; y, en el marco de dichas políticas del Sector, emitir las normas, lineamientos técnicos, mecanismos y procedimientos de ámbito nacional y sectorial, relacionados con la materia en mención;
Que, según informe técnico de vistos, se advierte que el desarrollo de procesos o procedimientos relacionados con la materia de normalización y certificación de competencias laborales se viene desarrollando, en aplicación a lo dispuesto en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 026-2010-TR y 161-2010-TR, con las cuales se dispuso los criterios del proceso de certificación de competencias laborales y aprobación de protocolos para el desarrollo del indicado servicio de certificación, a cargo del Programa Revalora Perú, en esa oportunidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2011-TR se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU", cuya denominación ha sido modificada por Decreto Supremo Nº 003-2015-TR a Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "IMPULSA PERU", con una estructura organizacional y funcional diferente a las obligaciones de los Programas anteriores;
Que, los criterios actualmente utilizados para los procesos de certificación de competencias laborales, así como los protocolos para la autorización de centros de certificación y el proceso de certificación y evaluación de competencias laborales, requieren ser actualizados; por lo que, con la finalidad de lograr una mayor celeridad, eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la materia antes mencionada, corresponde ordenar la revisión y actualización de la normativa vigente al órgano de línea competente;
Que, estando a lo anteriormente señalado y considerando las competencias atribuibles a la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, conforme se encuentra previsto en la Ley Nº 29381 y su Reglamento, corresponde autorizar al mencionado órgano de línea a emitir y aprobar directivas, lineamientos técnicos, mecanismos y procedimientos de ámbito nacional y sectorial, así como establecer criterios, para los procesos de certificación de competencias laborales, autorización de centros de certificación y procesos de certificación y evaluación de competencias laborales, en relación con la materia, normalización y certificación de competencias laborales;
Con las visaciones del Viceministro (e) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización para regular normativamente en materia de Normalización y Certificación de Competencias Laborales Autorícese a la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, de acuerdo a sus atribuciones y competencias, emitir y aprobar directivas, lineamientos técnicos, mecanismos, procedimientos y criterios de ámbito nacional y sectorial para los procesos de certificación de competencias laborales y autorización de centros de certificación y evaluación de competencias laborales.
Asimismo, autorícese a dicha Dirección General a dejar sin efecto disposiciones contrarias a las que ésta apruebe en aplicación de la autorización otorgada por la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- De la Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)