3/24/2016

DECRETO SUPREMO N° 021-2016-RE que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30372 -

Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 DECRETO SUPREMO Nº 021-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
DECRETO SUPREMO Nº 021-2016-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores;

Que, la Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo - CLAD, por el monto ascendente a S/. 130 000,00 (ciento treinta mil y 00/100
nuevos soles); no obstante, por tal concepto correspondería cancelar el monto de S/. 142 000,00 (ciento cuarenta y dos mil y 00/100 nuevos soles), para cuyo efecto es necesario modificar dicho Anexo;

Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondientes, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo - CLAD, incorporando las fl uctuaciones del tipo de cambio respecto al dólar americano señaladas en el Informe Nº 037-2016-PCM/OGAJ-LUA de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros del 10 de febrero de 2016;

En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, respecto del siguiente organismo internacional y monto:

PLIEGO
PRESUPUESTARIO
MONTO (En nuevos soles)
PERSONA JURÍDICA
001 PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
S/. 142 000.00
CENTRO LATINOAMERICANO
DE ADMINISTRACIÓN PARA
EL DESARROLLO - CLAD
Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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